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El consejero Miranda presenta el proyecto foral de carreteras de Navarra

martes, 07 de noviembre de 2006

El consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Álvaro Miranda Simavilla, ha presentado el nuevo proyecto de ley foral de carreteras de Navarra, mediante el que se pretende modernizar y actualizar la normativa en este campo, con el fin de adecuarla a las necesidades actuales que requieren la gestión y explotación de estas infraestructuras.


El documento, que fue aprobado ayer por el Gobierno de Navarra, será remitido próximamente al Parlamento para su debate y votación. En la actualidad, la Comunidad Foral dispone de 3.886,44 kilómetros de carreteras.

Según se recuerda en la exposición de motivos, Navarra, a pesar de su competencia histórica en esta materia, no contaba con una ley propia adecuada. De hecho, la única norma existente, la Ley Foral 11/1986, de 10 de octubre, de defensa de las carreteras de Navarra, limita su ámbito de actuación a la protección de las carreteras frente a actuaciones en sus márgenes.

El proyecto de ley aprobado trata de solucionar estas carencias, modernizando y actualizando la legislación para conseguir una gestión moderna y de calidad, y abordando de una forma completa todos los aspectos que inciden en estas infraestructuras. En definitiva, se trata de contar con un instrumento útil, que ayude realmente a la adecuada gestión de la red de carreteras, lo cual redundará en una mejor prestación del servicio viario y una mejor atención a los usuarios.



El nuevo dominio público viario

El documento se estructura en seis títulos, cuatro disposiciones adicionales, dos transitorias, una derogatoria y dos finales.

El título I está dedicado a determinar el objeto y finalidad de la ley. En este sentido, se sustituye el clásico ámbito de la carretera por otro más amplio de “dominio público viario”, en el que se integran la propia calzada y el resto de elementos anexos a ella (zonas funcionales y de servicio, construcciones, instalaciones, etc.).

En este mismo apartado se definen el concepto, las partes, y clases de carreteras, entre las que distingue las autopistas, autovías, vías desdobladas, carreteras de altas prestaciones, carreteras de interés general, carreteras de interés de la Comunidad Foral y carreteras locales. En esta nueva relación aparecen por primera vez las carreteras de altas prestaciones, denominación ésta que se aplicará a vías como el Eje de Belate en sus tramos reformados o a la futura conexión con Francia. Por su parte, desaparece el concepto de carretera comarcal que se integra en el de interés de la Comunidad Foral.

Destaca también como novedad el artículo que especifica los criterios generales de actuación de la Administración Foral en este ámbito y que son los siguientes: funcionalidad, comodidad y calidad del servicio para el usuario; mejora de la seguridad vial, accesibilidad al territorio, integración ambiental y aplicación de nuevas tecnologías.

El título II del proyecto de ley está dedicado a la planificación, proyección y construcción de las carreteras, aspectos que la anterior normativa no abordaba. Las nuevas disposiciones ofrecen mecanismos de trabajo ágiles y flexibles, garantizando los adecuados niveles de seguridad jurídica, así como instrumentos de coordinación y participación ciudadana a lo largo de todo el proceso de puesta en marcha de nuevas carreteras.

En concreto, se regula lo referido al Plan Director de Carreteras de Navarra, el cual se configura como instrumento de ordenación territorial. También se detallan los documentos técnicos (estudios informativos y proyectos de construcción), determinándose su contenido y concretando el procedimiento para su tramitación. Por último, se dedica un capítulo a la coordinación entre los planeamientos urbano y viario, aspecto éste de gran importancia en la planificación al confluir competencias de diversas administraciones.

Documentación: Clases de carreteras

Documentación:
0711op40.doc

Gobierno de Navarra

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