Contenido:
Felipe Marco, administrador de los bienes de Graciosa Marco, su hija, hija y heredera de Catalina de Uriz, vecino de Moriones, contra Juan de Iriso, vecino de Tabar, sobre pago de 400 ducados de la dote de Catalina de Uriz y los alimentos de 9 años a razon de 25 ducados anuales.