Salud recomienda usar la mascarilla por la población vulnerable de manera general o por cualquier persona en los eventos multitudinarios, en las aglomeraciones y en celebraciones familiares o privadas cuando asista alguna persona vulnerable
ⓘ Sí es obligatoria:
- En los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- En los centros sociosanitarios, es obligatoria para trabajadores/as en todas las áreas del centro y para visitantes cuando estén en zonas compartidas. No es obligatoria para residentes y/o usuarios/as.
- En medios de transporte: aéreo, ferroviario y por carretera. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.
ⓘ No es obligatoria:
- Para las personas con algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda agravarse por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla.
- En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, según las indicaciones de las autoridades sanitarias.
- En los andenes y en las estaciones.