1. La tarjeta acompañará a los équidos en los movimientos dentro del territorio nacional, en sustitución de la guía sanitaria, en los siguientes desplazamientos:
- Con fines turísticos, recreativos, culturales o aprovechamiento de pastos que retornen a la explotación de origen en un plazo inferior a treinta días naturales, siempre que no supongan un cambio de titularidad del animal.
- Con fines deportivos o concursos morfológicos que retornen a la explotación de origen en un plazo inferior a treinta días naturales, siempre que no supongan un cambio de titularidad del animal.
En estos casos no se comunicará el desplazamiento al Registro General de Movimientos (REMO), si bien los movimientos de salida de la explotación y de retorno a la misma así como los de entrada y salida en la de destino temporal, deberán quedar registrados en el Libro de registro de la explotación, conforme se establece en el Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y establece el plan sanitario equino.
2. Lo dispuesto en el apartado 1 no eximirá de ninguna de las obligaciones relacionadas con la exigencia de que los équidos vayan acompañados del pasaporte o documento de identificación equina (DIE).
3. En ningún caso podrá utilizarse la TME para amparar movimientos de animales que presenten síntomas clínicos de enfermedad infectocontagiosa, o lesiones que afecten al bienestar de los mismos durante el transporte, salvo cuando sean movidos o transportados en una situación de emergencia relacionada con su salud o bienestar.
4. La TME no podrá ser utilizada en sustitución de la guía sanitaria o documento de traslado citados en el apartado 1, cuando el destino final del animal sea el matadero. Los équidos enviados al matadero deberán ir acompañados de la correspondiente guía o documento de traslado, del pasaporte y de la tarjeta equina, si disponen de ella, para ser destruida o invalidada junto con el documento de identificación equina.
5. Tasa emisión TME: 25 euros/tarjeta (50 euros/tarjeta para équidos de fuera de Navarra).
Método internacional para la realización de la reseña del caballo.
Procedimiento para la realización de la reseña del caballo según Weatherbys.
Procedimiento para la realización de la reseña del caballo según la Federación Ecuestre Internacional.
Modelos de reseña equina para el pasaporte.