Registro de voluntades anticipadas

Permite registrar el documento que recoge los cuidados sanitarios que deseamos recibir en los momentos finales de nuestra vida, cuando hayamos perdido la capacidad de expresar la voluntad

Información básica

Cualquier persona que cumpla los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de dieciséis años (o menor emancipada).
  • Estar capacitada para tomar decisiones sobre su propia salud.
  • Actuar libremente.

El Documento de Voluntades Anticipadas (DVA) permite dejar por escrito los cuidados sanitarios que deseamos recibir cuando no podamos expresar nuestra voluntad. Así, los equipos sanitarios conocerán nuestros deseos, lo que les servirá de ayuda en la toma de decisiones.

El DVA puede hacerse en cualquier momento de la vida, cancelarse o ser sustituido por otro actualizado con nuevas preferencias siempre que se desee.

Si decides redactar el documento, es conveniente que hables con personal sanitario y con tus familiares o allegados para que conozcan tus preferencias al respecto. Después de decidirlas, debes plasmar las instrucciones que se observarán en tu atención sanitaria en los momentos finales de tu vida, o cuando se produzca una grave limitación de tu capacidad psíquica o física.

Por ejemplo, puedes especificar aceptación o rechazo de determinados tratamientos en situaciones sanitarias concretas o instrucciones sobre los tratamientos y/o cuidados que deseas o no recibir (cuidados paliativos, donación, eutanasia). 

Además, de manera optativa, en tu DVA puedes señalar una o dos personas representantes. Deben ser de confianza, mayores de 18 años, cuya función es la interlocución con el equipo sanitario cuando no puedas expresar tu voluntad. Si vas a nombrar representantes, estos/as deben firmar su aceptación. 

En el apartado Documentación de esta página puedes consultar un modelo orientativo del DVA que deberás personalizar. Cada persona puede redactar su propio DVA en el que señale lo que crea conveniente. El contenido es libre, pero sólamente se podrán tener en cuenta las instrucciones sanitarias que la regulación normativa permite.

Además, una vez redactado, es obligatorio que una de estas tres figuras valide tu DVA y corrobore que estás actuando de forma libre y sin coacción: 

  • Testigos: tres personas mayores de edad actuarán como testigos y verificarán tu DVA. Como mínimo, dos de esas personas no deben tener relación familiar hasta segundo grado ni tener vinculación por relación patrimonial contigo.
  • Notario/a
  • Trabajador/a social de tu centro de salud o del Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental (preferentemente personas no adscritas al SNS-O)

Después de validarlo, debes registrarlo:

  • Si quieres registrar el documento de manera autónoma, online (a través del apartado Tramitación de esta página) o presencialmente en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra, tu DVA deberá ser validado por una de estas dos figuras:
    • Testigos
    • Notario/a
  • Si necesitas ayuda para registrar el documento, puedes pedir cita con el/la trabajador/a social de tu centro de salud, o bien en el Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental (preferentemente personas no adscritas al SNS-O). Allí, personal sanitario lo verificará y lo subirá al registro por ti.

 

Información sobre donación

Documentación a presentar en todos los casos:

  1. Documento de voluntades anticipadas personalizado. Aquí tienes un modelo orientativo que puede servirte de ejemplo.
  2. Solicitud de inscripción en el registro.
  3. Fotocopias del DNI o pasaporte de la persona interesada.
  4. Fotocopias del DNI o pasaporte de las personas que actúan como representantes, si las hay.

Además, 

Si te inscribes de manera autónoma (ya sea de manera presencial u online), es necesario presentar uno de estos dos documentos de validación, que corroboren que estás actuando de forma libre y sin coacción.

Si te inscribes a través del centro de salud, será el/la trabajadora social quien corroborará que estás actuando de forma libre y sin coacción (Formalización del DVA).

Justificante de presentación del documento de voluntades anticipadas para la persona otorgante.

  • Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
  • Decreto Foral 140/2003, sobre el registro de voluntades anticipadas.
  • Ley Foral 17/2010, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra.
  • Ley Foral 8/2011, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte.
  • Resolución 1609/2017, por la que se habilita a las personas que ejerzan el puesto de trabajador/a social en las zonas básicas de salud para asistir en el uso de medios electrónicos a las personas interesadas que así lo soliciten, en lo referente a la identificación, firma electrónica y presentación de solicitud, en el trámite denominado Inscripción en el Registro de Voluntades Anticipadas.

Tramitación

Instrucciones:

Para registrar tu DVA online, asegúrate de que adjuntas toda la documentación necesaria, incluida la validación por parte de testigos o notario/a.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Instrucciones:

Las personas que ejercen el puesto de trabajador/a social en las zonas básicas de salud podrán asistir a las personas interesadas que así lo soliciten, en lo referente a la identificación, firma electrónica y presentación de solicitud, en el trámite denominado Inscripción en el Registro de Voluntades Anticipadas.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Si prefieres registrar el documento de manera presencial, acude con toda la documentación necesaria a:

  • Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental (preferentemente personas no adscritas al SNS-O)
    C/ Amaya, 2 A. 3ª planta
    31002 Pamplona
    Teléfonos cita previa: 848 42 31 98 / 848 42 35 28

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Instrucciones:

En caso de requerimiento de documentación por parte de la Unidad responsable del Registro de Voluntades Anticipadas de Navarra (Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental), la subsanación se podrá realizar a través del botón "Subsanar" de esta página.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental
C/ Amaya, 2 A. 3ª planta
31002 Pamplona
Teléfonos: 848 42 31 98 / 848 42 35 28
Correo eléctronico: aseprest@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Registro de Voluntades Anticipadas

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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