Registro y puesta en servicio de ascensores

Tanto de ascensores nuevos como de la reforma de ascensores en funcionamiento

Información básica

  • Propietarios y propietarias y comunidades de propietarios y propietarias.
  • Empresas fabricantes/comercializadoras/instaladoras.
  • Empresas conservadoras.

Para la puesta en servicio de nuevas instalaciones:

  • Registro de instalación
  • Ficha técnica y planos de la instalación
  • Declaración CE de conformidad
  • Copia del contrato de conservación suscrito por la propiedad con empresa conservadora habilitada
  • En su caso, Certificado de control final de Organismo Notificado

En caso de modificación de importancia:

  • Registro de instalación
  • Ficha técnica y planos de la modificación
  • Declaración de la empresa, por la cual exprese que dicha modificación cumple y hace cumplir al ascensor las prescripciones pertinentes de la reglamentación aplicable
  • En su caso, actas de los ensayos relacionados con el control final

En caso de solicitud de excepción para los refugios o espacios libres de seguridad:

En caso de solicitud de prórroga de ampliación de plazo para la subsanación de defectos detectados en la inspección periódica de ascensores:

  • Solicitud motivada de la prórroga
  • El acta de la inspección periódica
  • Informe favorable del Organismo de Control en el que se asigne un nuevo plazo de subsanación
  • Planificación de la empresa conservadora para la subsanación de los defectos o sustitución del aparato en su caso
  • Documento justificativo de que se va a llevar a cabo la reparación o sustitución del ascensor dentro del nuevo plazo establecido bien mediante presupuesto aceptado, justificante de disponibilidad presupuestaria o documento similar

Comunicación de accidentes:

Documentación a presentar para cambio de titularidad:

La tramitación de este documento deberá realizarse a través de uno de los siguientes Organismos de control.

Tramitación telemática. Será imprescindible disponer de certificado digital o DNI electrónico

  • Solicitud para la autorización, para la consulta y acceso a los datos básicos (Id) de los establecimientos
  • Resolución 106/2017, por la que se establece la obligatoriedad de la tramitación electrónica de los procedimientos de registro de las instalaciones protección contra incendios y ascensores.
  • Real Decreto 88/2013, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985.
  • Real Decreto 1644/2008, que establece las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
  • Orden Foral 140/2008, sobre tarifas a percibir por las Entidades de Inspección y Control Reglamentario en la realización de las inspecciones periódicas.
  • Real Decreto 57/2005, que establece prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.
  • Orden Foral 28/2004, que regula el procedimiento para la tramitación administrativa de puesta en servicio de instalaciones.
  • Orden Foral 37/2003, que modifica la Orden Foral de 10/03/1992, por la que se actualizan las tarifas a percibir por las Entidades de Inspección y Control Reglamentario en la realización de las Inspecciones periódicas y actividades complementarias que se determinan en el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismo.
  • Real Decreto 1314/1997, de aplicación de la directiva de la Unión Europea.
  • Orden Foral de 13 de mayo de 1996, sobre la obligación de instalar puertas en las cabinas de los ascensores y otros elementos de seguridad.
  • Real Decreto 2291/1985, sobre el Reglamento de Aparatos de Elevación y su manutención.
  • Orden de 31 de marzo de 1981. Condiciones técnicas mínimas exigibles a los ascensores y se dan normas para efectuar las revisiones generales periódicas de los mismos.
  • Orden de 20 de julio de 1976. Modificación del Reglamento de Aparatos Elevadores.
  • Orden de 30 de junio de 1966. Texto revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores.

Tramitación

Instrucciones:

Para la tramitación telemática por parte de los instaladores/as y técnicos/as competentes, será preciso obtener previamente la autorización para el acceso a los datos básicos (Id) de los establecimientos.

  • Adjunte la solicitud, cumplimentada y firmada, y envíela a través de la primera opción del botón Tramitar.
  • No se recibe respuesta por parte de la administración a dicho trámite.
  • Una vez hecha la solicitud deberá esperar 3 días hábiles para poder acceder. El acceso será permanente y no caduca, por lo que con solicitarlo una sola vez por instalador o técnico/a competente es suficiente.
  • Si se elige la tramitación de manera telemática, la emisión y firma del certificado debe realizarse utilizando la acreditación digital del instalador.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Instrucciones:

Manual de usuario/a de la aplicación.

Otras formas de tramitar:

Las y los profesionales, titulares o representantes que requieran asistencia para realizar los trámites, podrán recurrir a la tramitación presencial a través de una entidad colaboradora:

Instrucciones:

Se debe hacer constar en observaciones: Número de RAE

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Instrucciones:

Las empresas fabricantes/comercializadoras/instaladoras o conservadoras deben presentar la solicitud en representación del propietarios o propietaria o comunidad de propietarios y propietarias.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona
Teléfono: 848 42 64 72
Correo electrónico: ascensores.industria@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Registro para puesta en servicio de ascensores

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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