Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas. Adquisición de bienes muebles a particulares (Modelo 601)

Información básica

Sujetos pasivos que, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Económico, deban tributar a Navarra por las transmisiones onerosas en las que la o el contribuyente sea una empresaria o empresario o profesional y que tengan por objeto bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa (excepto valores mobiliarios y medios de transporte usados no destinados a su achatarramiento).

La autoliquidación comprenderá de forma agregada todas las adquisiciones realizadas dentro del periodo de liquidación.

Orden Foral 461/2014, por la que se aprueba el modelo 601 "Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Adquisición de bienes muebles a particulares".

Tramitación

Plazo:

El plazo para presentar la declaración e ingreso será el de los 20 primeros días naturales siguientes a cada trimestre, salvo en el caso de las declaraciones correspondientes al segundo y cuarto trimestre, cuyos plazos finalizan los días 5 de agosto y 31 de enero, respectivamente. Los vencimientos que coincidan con sábado o festivo se trasladarán al primer día hábil siguiente.

Instrucciones:

El modelo 601 se presentará obligatoriamente a través de internet.

Contacto

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