Autorización a empresas para realizar prácticas no laborales

Este servicio permite a las empresas o grupos empresariales solicitar autorización a Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare para realizar prácticas no laborales en sus centros de trabajo.

Información básica

Empresas o grupos empresariales que tras haber celebrado previamente convenios con Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare (en adelante SNE-NL) puedan desarrollar en sus centros de trabajo, prácticas no laborales, dirigidas a personas jóvenes que, debido a su falta de experiencia laboral, puedan tener problemas de empleabilidad. El objetivo es mejorar dicha empleabilidad, ofreciéndoles un primer contacto con la realidad laboral y contribuir a completar la formación que ya poseen.

Las personas jóvenes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 25 años inclusive. En el supuesto de personas jóvenes inscritas en el Fichero Nacional del Sistema de Garantía Juvenil, la edad máxima para realizar las prácticas no laborales será de 29 años (inclusive).
  • Estar desempleadas e inscritas en la Agencia de Empleo que les corresponda.
  • Poseer una titulación universitaria, de formación profesional, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación artística o deportiva, o bien un certificado de profesionalidad.
  • No haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad, no teniéndose en cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.

Las prácticas se desarrollarán:

  • En centros de trabajo de la empresa o del grupo empresarial en Navarra.
  • Bajo la dirección y supervisión de un/a tutor/a.
  • Durante un periodo de tres a nueve meses (en caso de que no se haya llegado al máximo permitido, se puede/n solicitar ampliación/es).
  • Conforme al programa de prácticas no laborales presentado por la empresa a SNE-NL, donde constará, al menos, el contenido de las prácticas y la formación que le acompañará, la duración de las mismas, así como la indicación de sistemas de evaluación y tutorías.

Las personas jóvenes participantes recibirán de la empresa o grupos empresariales una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento.

Las prácticas no laborales en las empresas no supondrán, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre la empresa y la persona joven beneficiaria.

A las personas participantes en las prácticas no laborales les serán de aplicación los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. Se cotiza a la Seguridad Social por los siguientes conceptos: Contingencias Comunes, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, no existirá obligación de cotizar por las contingencias de Desempleo, Fondo de Garantía Salarial ni por Formación Profesional.

A la finalización de las prácticas no laborales, las empresas, en colaboración con SNE-NL, deberán entregar a las personas que hayan realizado las mismas un certificado.

El procedimiento es el siguiente:

1. La empresa o grupo empresarial presenta Solicitud de convenio y/o programa/s de prácticas no laborales a SNE-NL, quien lo revisa y aprueba.

2. Firma del convenio, entre la empresa y SNE-NL. El convenio tendrá vigencia desde el día de su firma y se extenderá por el plazo de cuatro años (ver modelo de Convenio).

3. Si la empresa no presenta persona candidata para llevar a cabo el/los programa/s de prácticas no laborales, el SNE-NL realizará el proceso de preselección de las personas candidatas, correspondiendo a la empresa, el proceso de selección final de las mismas, la cual, comunicará los datos de la/s persona/s seleccionada/s al SNE-NL.

Si la empresa presenta persona candidata para llevar a cabo el/los programa/s de prácticas no laborales, comunicará al SNE-NL los datos de la/s persona/s candidata/s a fin de comprobar su idoneidad para la realización de las prácticas.

4. La empresa se asegurará de que la/s persona/s que desarrollará/n las prácticas cumple/n los requisitos en el momento de inicio de las mismas.

5. Suscripción de un Acuerdo entre la empresa o grupo empresarial y la/s persona/s participante/s. Dicho Acuerdo contendrá, al menos, la siguiente información:

  • Contenido concreto de la práctica a desarrollar
  • Duración
  • Jornadas y horarios para su realización
  • Centro o centros donde se realizará
  • Determinación del sistema de tutorías
  • Certificación a la que la persona joven tendrá derecho por la realización de las prácticas.

6. Alta en Seguridad Social por parte de la empresa a la/s persona/s participante/s en la Relación Laboral de Carácter Especial 9923 (prácticas no laborales en empresas).

7. Comunicación al SNE-NL del Acuerdo específico para la realización de la práctica, suscrito entre la empresa y persona beneficiaria, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día en que se inicie la práctica.

8. Información de cualquier circunstancia que se produzca en relación con los acuerdos suscritos sobre prácticas no laborales y de cualquier modificación en el contenido de los mismos, a través de la Comunicación de incidencias.

9. Comunicación al SNE-NL del Certificado de prácticas no laborales, en el que conste, al menos, la práctica realizada, los contenidos formativos inherentes a la misma, su duración y el periodo de realización, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día de finalización de la práctica.

10. Firma del Certificado de prácticas no laborales por parte de la dirección del Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas del SNE-NL, que será enviado a la persona que ha realizado la práctica.

Real Decreto 1543/2011 por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Ayuda para tramitar por internet

Otras formas de tramitar:

Presencialmente en:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL)
Sección de Servicios a Empresas
Avda. de Villava, 1
31600 Burlada (Navarra)

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Sección Servicios a Empresas
Persona de contacto: Itziar Aristu Bueno
Teléfono: 848 42 58 44
Correo electrónico: ofertas2@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Convenio prácticas no laborales

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.