Registro de talleres de reparación de vehículos

Inscripción de nuevos talleres y comunicación de traslados, cambios de titularidad, ampliaciones, bajas etc. de talleres existentes

Información básica

Titulares de talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.

Preguntas frecuentes.

Consultas:

Real Decreto 1457/1986, por el que se regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.

Tramitación

Instrucciones:

La tramitación se hace exclusivamente por internet (a través del botón Tramitar), para lo que se debe:

  • Cumplimentar los datos de la solicitud, indicando el motivo de su solicitud.
  • Escanear y adjuntar la Declaración Responsable cumplimentada y firmada.
  • Sólo en caso de que se precise certificado de su inscripción, adjuntar el justificante de abono de tasas.
  • Firmar y enviar.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Instrucciones:

  • Indicar si se accede en nombre propio (con certificado de la empresa) o en representación (en este caso, se debe seleccionar "Deseo seleccionar uno de mis representados" y la empresa). Pulsar "Continuar".
  • Aparecerá una pantalla donde se muestra el CIF de la empresa.
  • En la tercera pestaña "Registro de actividades" aparecerá un pdf. Pulsar en el icono y abrir el documento. Ya se podrá imprimir o guardarlo.

Se necesita certificado digital.

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
31005 Pamplona
Correo electrónico: carnes@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Registro de Talleres de Reparación de Vehículos

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.