Posibilidad de comparecer a la conciliación telemáticamente a través de la aplicación Cisco WebEx, si dispone de firma digital y de un ordenador con cámara o un teléfono móvil con cámara, para ello:
1. Solicítelo:
- Si es la parte demandante: solicítelo en la papeleta de demanda, señalando el e-mail al que quiere que se envíe la citación (invitación a la reunión de conciliación por WebEx) y el número de teléfono de contacto (por si hubiera problemas con el audio el día de la conciliación).
- Si es la parte demandada: cuando le llegue la citación, solicítelo enviando un correo electrónico a conciliacionlaboral@navarra.es, indicando en el asunto del mensaje el número de la conciliación, fecha y hora a la que se le ha citado. Adjunte copia del DNI y del poder de la persona que va a comparecer y su número de teléfono por si hubiera problemas con el audio).
2. Se le enviará un correo electrónico con la invitación a la conciliación.
3. El día y hora de la conciliación acceda al correo electrónico que se le ha enviado con la invitación a la conciliación. Pulse el botón “unirse a la reunión” y dele al botón ejecutar. Asegúrase de tener la cámara y el micrófono activados. Si no funcionan dele a los iconos o salga de la reunión y vuelva a entrar. Si tampoco funcionara, le llamaremos al teléfono que ha indicado. Si se va a conectar con el teléfono móvil debe tener la aplicación Cisco WebEx bajada y la firma digital en el mismo.
4. Se le enviará el Acta para que pueda firmarla digitalmente por correo electrónico, que deberá devolver por dicha vía. 5. Se le enviarán las certificaciones por correo electrónico.
Información sobre protección de datos de carácter personal.
Pasos del procedimiento:
- Una vez registradas las papeletas de demanda, se cita a las partes al acto de conciliación. Tras su celebración, se levanta acta haciendo constar el resultado y se entrega a las partes copias certificadas.
- El plazo para la celebración del acto de conciliación es de 15 días.
- Desde la fecha de registro de la papeleta hasta el día de la celebración del acto de conciliación, se interrumpe el plazo de caducidad de acciones. (Artículo 7 del Real Decreto 2756/79 de 23 de noviembre.