Venta de vivienda protegida entre particulares

En esta página te contamos las condiciones para vender tu vivienda protegida y cómo solicitar la autorización al Servicio de Vivienda

Información básica

Propietarios y propietarias de vivienda protegida. 

Estas son las cuestiones que debes tener en cuenta a la hora de vender tu vivienda protegida:

  • No puedes vender tu vivienda a cualquiera. La persona que vaya a comprarla debe cumplir los siguientes requisitos: 
  • Tienes que vender la vivienda junto con sus anejos (garaje y trastero); no puedes vender sólo la vivienda.
  • Debes respetar el precio máximo de venta establecido por el Gobierno de Navarra para las viviendas usadas. Puedes acordar un precio inferior, pero no superior. Calcular el precio máximo de venta.
  • La vivienda debe disponer de un certificado de eficiencia energética en vigor para poder realizar la venta. 
  • Si recibiste subvención por la compra de la vivienda y la vendes antes de que pasen diez años desde su calificación definitiva, debes devolver la subvención más los intereses de demora, salvo que la venta sea objeto de una dación en pago o consecuencia de un procedimiento de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial. Esta devolución debes efectuarla antes de formalizar la venta. En el Servicio de Vivienda te indicarán cómo hacerlo.
    • Además, debes hacer frente ante Hacienda a las posibles consecuencias fiscales que pueda haber si destinaste cantidades de la cuenta vivienda a su compra o si desgravas. 
  • Una vez alcanzado un acuerdo con el comprador o compradora, debes comunicárselo al Servicio de Vivienda para que haga las comprobaciones oportunas y, en su caso, autorice la venta.
  • Debes tener en cuenta que el Gobierno de Navarra puede hacer uso de los derechos de tanteo y retracto, también conocidos como derechos de adquisición preferente. Concretamente, tiene 60 días hábiles para decidir y notificar si quiere quedarse con la vivienda. Si pasado ese plazo no recibes contestación, se entiende que el Gobierno ha renunciado a estos derechos y, por tanto, puedes vender la vivienda en las condiciones comunicadas al Servicio de Vivienda. 
  • La autorización de venta caduca a los seis meses. Si no formalizas la venta ante notario en ese plazo o cambian las condiciones de venta, debes pedir la anulación de esa autorización y volver a solicitar una nueva.
  • Una vez formalizada la venta, debes entregar una copia de la escritura pública en el Servicio de Vivienda para comunicar el cambio de titularidad. Debes hacerlo en el plazo de dos meses a contar desde la venta; si no, puedes recibir una multa de hasta 3.000 euros. 

Ley Foral 10/2010, de derecho a la vivienda de Navarra.

Tramitación

Instrucciones:

Debes entregar la siguiente documentación:

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Presencialmente en el Registro de Vivienda
C/ Alhóndiga, 1, 1ª planta
Pamplona / Iruña

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Plazo:

Dos meses a contar desde la formalización de la venta.

Instrucciones:

Debes presentar la siguiente documentación: 

  • Instancia general (sólo si presentas la solicitud en las oficinas, de forma presencial)
  • Copia de la escritura de la vivienda

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Presencialmente en el Registro de Vivienda
C/ Alhóndiga, 1, 1ª planta
Pamplona / Iruña

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Vivienda
C/ Alhóndiga, 1, 1ª planta
31002 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 427 570
Correo electrónico: vivienda@navarra.es 

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.