Registro de centros de desinfección de vehículos de transporte de ganado por carretera

Información básica

  • Empresas que quieran dedicarse a la limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado por carretera.
  • Transportistas de ganado por carretera que deseen conocer la relación de establecimientos en los que pueden limpiar y desinfectar sus vehículos.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción y estudio de la solicitud
  • Aprobación de la Inscripción o denegación, según proceda
  • Comunicación a la interesada de la aprobación o denegación por correo ordinario

Inscripción (alta):

Modificación de datos:

Baja:

Renovación: no es necesaria.

  • Orden Foral de 14 de marzo de 2003 por la que se crea el Registro de Centros de Desinfección de Vehículos de transporte de ganado por carretera.
  • Real Decreto 1559/2005 sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero.
  • Real Decreto 363/2009 por el que se modifica el Real Decreto 1559/2005.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Entregar preferentemente en:

  • Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
    C/ González Tablas nº 9, planta baja
    31005 Pamplona (Navarra) 
  • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Ganadería
Sección de Sanidad Animal
Negociado de Epizootiología
C/ González Tablas nº 9, 2ª planta
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 424 818
Fax: 848 423 932
Correo electrónico: sanidad.animal@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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