Autorización de certámenes ganaderos y otras concentraciones de animales

Información básica

Quienes organicen certámenes ganaderos y otras concentraciones de animales que se celebren en la Comunidad Foral de Navarra: 

  • Certámenes ganaderos: exposiciones, subastas de ganado, concursos de ganado, muestras o mercados y ferias.
  • Otras concentraciones de animales: concurso o exposiciones de perros, gatos y fringílidos, concursos hípicos y exhibiciones de trashumancia.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción y revisión de la solicitud
  • Autorización, si procede, del certamen y clasificación del mismo
  • Comunicación a los organizadores mediante correo postal
  • Solicitud certamen ganadero
  • Memoria, en la que figurará de modo explícito:
    • Identificación del certamen
    • Descripción del lugar de celebración, así como de las instalaciones dedicadas al certamen
    • Días y horas de celebración
    • Previsión de ganado asistente, clasificado por especies, razas y explotaciones
    • Medidas sanitarias
    • Reglamento de celebración, normas reguladoras, composición del jurado, así como otros aspectos organizativos
    • Nombre, dirección postal y teléfono de la persona o personas encargadas de la organización, a efectos de comunicaciones y petición de datos
  • Compromiso de que por parte de la organización del certamen se contratará un servicio veterinario que asista a los animales por cualquier patología que se manifieste en el transcurso del certamen.
  • Los animales que concurran a certamenes ganaderos deberán cumplir los requisitos zoosanitarios especificados en el Anexo II de la Orden Foral 491/2013.
  • Los animales que concurran a "otras concentraciones de animales" deberán cumplir los requisitos zoosanitarios específicados en el Anexo III de la Orden Foral 491/2013.

Orden Foral 491/2013, por la que se regula los certámenes ganaderos y otras concentraciones de animales en la Comunidad Foral de Navarra.

Tramitación

Plazo:

  • El plazo de presentación de las solicitudes para la celebración de certámentes ganaderos u otras concentraciones de animales será como mínimo 30 días antes de la fecha prevista de celebración.
  • En el caso de certámenes ganaderos, la entidad organizadora presentará antes del 31 de enero una previsión de los certámenes a celebrar durante todo el año.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

  • Registro de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (con cita previa)
    C/ González Tablas, 9, planta baja
    31005 Pamplona
  • Oficinas de área del departamento

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Ganadería
C/ González Tablas, 9
31005 Pamplona
Teléfono: 848 426 390
Correo electrónico: produccion.animal@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Autorización de certámenes ganaderos y otras concentraciones de animales

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.