Condiciones para su autorización:
Las sillas de ruedas eléctricas se financian para pacientes con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes:
- Incapacidad permanente para la marcha independiente.
- Incapacidad funcional permanente para la propulsión con las extremidades superiores de sillas de ruedas manuales.
- Suficiente capacidad visual, mental y de control que permita el manejo de silla de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad o la de otras personas.
Reparaciones
La silla de ruedas eléctrica tiene aproximadamente una vida calculada de cinco años y durante este periodo el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, podrá atender las facturas por reparaciones que precise y sean indicadas por el médico especialista que ha prescrito la silla.
Renovación
Transcurridos 5 años y si el médico especialista considera necesaria la renovación de la silla, el paciente puede solicitarlo en las mismas condiciones que la primera solicitud.
Pasos del procedimiento:
Una vez valorada la solicitud, recibirá en su domicilio la comunicación de la resolución del Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos. Si es favorable, la autorización está sujeta a las siguientes condiciones:
- El máximo a reembolsar por parte del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea es 3.305,47 €.
- Puede acudir a cualquier establecimiento autorizado para la adquisición de su silla.
- El abono se realiza tras la tramitación de la solicitud de reintegro de gastos.
- Debe presentar con su solicitud, la factura original y como mínimo, dos presupuestos de dos establecimientos distintos con el fin de autorizar el producto que mejor se adapte a sus necesidades y al mejor precio y el justificante bancario de haber efectuado el pago.
La empresa le informará sobre la garantía y forma correcta de utilización y mantenimiento del producto.