(ir al contenido)

navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

Herramientas para el contenido

Compártelo

  • Meneame
  • Delicious
  • Twitter
  • Google
  • Facebook

contacto de esta sección

Dirección General de Medio Ambiente y Agua

C/ Gonzalez Tablas, 9
31005- Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 42 66 98
Solicítenos información

Definición

Con carácter general, se prohíben las actividades que puedan constituir un peligro de degradación de las aguas o de degradación del dominio público hidráulico. Partiendo de esto, señalamos que cualquiera que pretenda realizar un vertido que pueda conllevar un riesgo de contaminación o degradación de las aguas continentales, o de los restantes elementos del dominio público hidráulico, habrá de obtener la correspondiente autorización de la autoridad hidráulica.

Son vertidos directos la emisión directa de contaminantes a las aguas continentales o a cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, así como la descarga de contaminantes en el agua subterránea mediante inyección sin percolación a través del suelo o del subsuelo.

Son vertidos indirectos tanto los realizados en aguas superficiales a través de azarbes, redes de colectores de recogida de aguas residuales o de aguas pluviales o por cualquier otro medio desagüe, o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, así como los realizados en aguas subterráneas mediante filtración a través del suelo o del subsuelo.

La autorización que corresponda otorgar a la Confederación Hidrográfica se concretará en la emisión de un informe vinculante, que se incorporará dentro de la llamada "Autorización Ambiental Integrada" que tramita y otorga o deniega la Comunidad Autónoma competente territorialmente.

La autorización de vertido tendrá como objeto la consecución del buen estado ecológico de las aguas, de acuerdo con las normas de calidad, los objetivos ambientales y las características de emisión e inmisión establecidas reglamentariamente en aplicación de la presente Ley. Esas normas y objetivos podrán ser concretados para cada cuenca por el respectivo plan hidrológico"

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web