Castellano | Euskara | Français | English
El censo de vivienda protegida es un registro único en el que deben inscribirse todas las personas que deseen acceder a una vivienda protegida en la Comunidad Foral.
Es la herramienta a través de la cual se adjudican todas las viviendas protegidas, ya sean éstas de promotores públicos (NASUVINSA) o de promotores privados. Sin embargo, no resulta necesaria la inscripción en el Censo para acceder a una de las promociones en régimen de alquiler calificadas definitivamente por promotores privados con anterioridad al año 2011.
Es un sistema que barema al solicitante y que adjudica las viviendas cada tres meses: 1 de marzo, 1 de junio, 1 de septiembre y 1 de diciembre.
El censo simplifica el proceso para solicitar una vivienda. Se acabó el tener que inscribirte para cada promoción. Ahora, con una inscripción podrás optar a todas las viviendas protegidas. Además, podrás modificar tus preferencias de una manera muy sencilla y sin volver a inscribirte. Y tan solo deberás actualizar tus datos si varían tus circunstancias personales.
El procedimiento de inscripción no tiene fecha de caducidad, por lo que podrás inscribirte cuando estimes oportuno.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
Requisitos personales
Todas las personas que vayan a inscribirse en el censo de solicitantes deben:
Ser mayores de edad.
Contar con capacidad legal para obligarse y estar empadronadas, con residencia efectiva, en algún municipio de Navarra.
Requisitos sobre titularidad de vivienda
Quienes vayan a inscribirse en el censo de solicitantes, así como todos los miembros de su unidad familiar, deben cumplir con los siguientes requisitos:
No ser titulares del dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda o parte de la misma, salvo que se cumplan los requisitos de inadecuación.
No haber transmitido el dominio o un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda o parte de la misma en los últimos cinco años, excepto cuando la transmisión no haya generado ingresos superiores a 90.000 euros.
Requisitos de capacidad económica.
VPO:
Alquiler: 3.000 euros en la parte general de la Base Imponible más rentas exentas.
Compraventa: 12.000 euros en la parte general de la Base Imponible más rentas exentas.
VPT:
Compraventa: 15.000 euros en la parte general de la Base Imponible más rentas exentas.
Están exentas de acreditar ingresos mínimos aquellas personas que opten a las viviendas reservadas a discapacitados motrices graves, otras personas discapacitadas con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65% y víctimas de violencia de género.
Ingresos máximos (a cumplir en la última declaración de la Renta)
Unidad familiar |
Parte general de la base imponible (casilla 507) más rentas exentas | |
VPO (4,5 veces SARA) |
VPT (6,5 veces SARA) | |
1 persona |
43.549,80 |
62.905,27 |
2 personas |
58.066,40 |
83.873,70 |
3 personas |
62.214,00 |
89.864,67 |
4 personas |
65.984,55 |
95.311,02 |
5 personas |
70.241,62 |
101.460,11 |