Servicio de Economía Circular y Cambio Climático.
Sección de Residuos
Teléfono: 848 421490
residuos@navarra.es
En el Registro de producción y gestión de residuos de Navarra se pueden consultar los gestores autorizados, así como los transportistas, agentes y negociantes que intervienen en la gestión y traslado de residuos.
Se pueden localizar también los números de centro o NIMA para realizar la documentación de traslado referente a residuos.
Almacén de residuos.
Cuestiones frecuentes:
En función de la cantidad de residuos peligrosos que genere anualmente: Si son más de 10 toneladas / año será productor. Si es menos de esa cifra, tendrá la consideración de pequeño productor.
El artículo 29 de la Ley 22/2011 regula que tanto los productores como los pequeños productores de residuos peligrosos, deben realizar una comunicación previa al inicio de sus actividades al Departamento. El contenido de dicha comunicación será como mínimo el indicado en el anexo VIII, apartado 1 de la citada Ley.
También deberá realizar una comunicación previa al inicio de sus actividades al Departamento cuando la generación de los residuos peligrosos sea superior a 1.000 t/ año y su domicilio social esté en Navarra.
Las inscripciones que se hayan tramitado fuera de las autorizaciones ambientales integradas (AAI) no se renuevan, a no ser que se haya producido un cambio sustancial que afecte a la producción de residuos, un cambio de razón social, NIF, absorción, ubicación o baja de la empresa.
Debe comunicarlo a través del tramitación
Consulta el Registro
El artículo 41 de la Ley 22/2011 establece que aquellas personas físicas o jurídicas que hayan realizado una comunicación de las previstas en esta Ley, mantendrán al Archivo Cronológico (ver apartado 1.4) a disposición de las autoridades competentes a efectos de inspección y control.
Hasta el momento, se solicita a todas las empresas productoras de residuos peligrosos (>10 t/ año) que envíen anualmente antes del 1 marzo la Declaración anual de productor (DAP) con los datos de residuos peligrosos y no peligrosos generados el año natural anterior que sigue vigente, ya que el Real Decreto 833/1988 que la regula, no ha sido derogado.
No es necesario, sin embargo deberá dejar constancia en el archivo cronológico (Apartado 1.4 de la Ley 22/2011 ).
Almacenamiento de residuos.
Almacenamiento de residuos
Traslado de residuos
Gráfico que muestra el reciclado según el tipo de reciclado.
Inventarios anuales de distintos tipos de residuos que recogen, además de la cantidad de residuos de un información relativa al tratamiento o destino final de los residuos inventariados en Navarra.
Estos son los inventarios del año 2015:
Dentro del denominado Proyecto ETER fruto de la colaboración de las comunidades autónomas (CCAA) Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO), se han consensuado los flujos de información que deben ser intercambiados en relación con los residuos peligrosos y se han plasmado en un lenguaje común electrónico, E3L, con unas reglas aceptadas por todos ellos.
Environmental Electronic Exchange Language (E3L) es un estándar desarrollado para facilitar el intercambio de información entre las distintas entidades públicas y privadas involucradas en el proceso de tramitación e intercambio de datos de carácter ambiental. Basado en un estudio previo que ha analizado los flujos de información requeridos por la legislación ambiental en la Unión Europea en general y en España en particular, E3L es la referencia para la tramitación de documentación ambiental, que proporciona, no sólo las reglas para comunicar plataformas tecnológicas, sino que conforma el primer diccionario electrónico de datos ambientales (metadatos).
E3L se ha desarrollado inicialmente para la temática de residuos peligrosos y se encuentra en estos momentos en su versión 2.3, consolidada y adoptada por todas las CCAA, pero tiene el campo abierto para cualquier temática ambiental que se precise. Los esquemas del estándar E3L están disponibles en la página Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) sobre el proyecto ETER.
El certificado digital: Tramitación de residuos peligrosos en Navarra
Mapa de gestores de Residuos de Construcción y Demolición (RCD)
Residuos de construcción y demolición
El Decreto Foral 23/2011 regula la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición ( RDCs) en el ámbito de Navarra, y desarrolla el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero de 2011, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición( RCDs).
Residuos eléctricos y electrónicos
El Real Decreto 110/2015 regula las obligaciones de los distintos agentes y marca nuevos objetivos de acuerdo con la jerarquía de gestión de residuos. Así, fomenta la prevención, apuesta por el 2% - 3% de preparación para la reutilización de RAEE, a partir de 2017 y establece la recogida separada del 85% de los RAEE generados a partir de 2019 y la valorización de, al menos, el 70% - 85% de su peso, según las categorías de residuos.
Además, establece que los establecimientos de venta de aparatos eléctricos y electrónicos con una superficie de más de 400 m2, deberán aceptar los RAEE de tamaño pequeño (menos de 25 cm), de forma gratuita y sin que el usuario tenga que comprar otro a cambio.