Órgano consultivo creado para favorecer la participación de los sectores representativos de intereses económicos, sociales y de la Universidad, en la elaboración, consulta y seguimiento de la política ambiental, adscrito al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
Funciones:
A. Asesoramiento sobre anteproyectos de ley, proyectos de infraestructura que requieran estudio de impacto ambiental; espacios protegidos; el anteproyecto de presupuestos de medio ambiente del Gobierno, el programa anual de actuaciones en materia de medio ambiente y la Memoria anual.
B. Consulta, respecto a planes de divulgación, estudio y educación ambiental; cuestiones sometidas por el Gobierno o sus Departamentos.
C. Participación, mediante propuestas o iniciativas respecto a planes, directivas o medidas en relación con la protección del medio ambiente; Programas de investigación, congresos, seminarios...
Composición: Representantes de universidades, asociaciones ambientalistas, federaciones (caza, pesca, montaña, sindicatos, organizaciones empresariales, etc.
Ley Foral 1/1993 de creación del Consejo Navarro de Medio Ambiente.
Es un órgano consultivo y de participación para la protección y el desarrollo del patrimonio forestal, los bosques y los montes de Navarra.
Entre los componentes del Consejo figuran representantes de colegios profesionales, asociaciones y administración o un representante por cada una de las agrupaciones administrativas de carácter tradicional: Valle de Aezkoa, Mancomunidad del Valle de Roncal, Universidad del Valle de Salazar, Comunidad de Bardenas Reales, Junta de Limitaciones, Unión de Aralar, Junta Administrativa de Bidasoa-Berroaran y Junta Administrativa de la Sierra de Loquiz.
Decreto Foral 107/1996, por el que se crea el Consejo Asesor Forestal de Navarra.
Órgano colegiado, con funciones consultivas no vinculantes, que posibilita la audiencia de las asociaciones deportivas de pescadores en el proceso de formulación de las políticas y programas de la Administración dirigidos a la ordenación y mejora de la pesca en Navarra, todo ello en aras de alcanzar el equilibrio entre el aprovechamiento de la Naturaleza y de sus recursos y la preservación del medio ambiente.
Composición:
Decreto foral 143/1993 por el que se crea la Comisión Asesora de Pesca.
Se trata de un órgano colegiado, con funciones consultivas no vinculantes, que posibilite la audiencia de las asociaciones locales de cazadores en el proceso de formulación de las políticas y programas de la Administración dirigidos a la ordenación y mejora de la caza en Navarra, en aras de alcanzar el equilibrio entre el aprovechamiento de los recursos de la Naturaleza y la preservación del medio ambiente.
Funciones:
Composición:
Decreto Foral 144/1993 por el que se crea la Comisión Asesora de Caza.
El Consejo Social de Política Territorial se constituye como órgano de asesoramiento y participación para que los agentes institucionales, sociales, económicos y ambientales puedan colaborar en el seguimiento e impulso del desarrollo territorial de Navarra, en los términos previstos en la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Funciones:
Composición:
Es el órgano de asesoramiento participación y apoyo de los distintos agentes interesados en colaborar en la gestión del Parque Natural.
Funciones:
Al Consejo Asesor le corresponderá informar de Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural y sus modificaciones, demás planes, estudios y proyectos específicos, así como sobre programas anuales de actividades, fomento, promoción e impulso del Parque.
Composición:
El Consejo Asesor estará compuesto por quince miembros:
La Presidencia corresponde a un representante del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.
Ley foral 10/1999, por la que se declara Parque Natural las Bardenas Reales de Navarra.