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Observatorio agrario
Productos fitosanitarios

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La Directiva 2009/128/CE, establece el marco comunitario para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas, mediante la reducción de los riesgos y los efectos del uso de los plaguicidas en la salud humana y el medio ambiente, y el fomento de la gestión integrada de plagas.

El Real Decreto 1311/2012, traspuso la Directiva de Uso Sostenible a nuestro marco normativo. Por su parte, el Plan de Acción Nacional establece las medidas a adoptar durante el periodo 2018-2022.

Registro de operadores (ROPO)

aplicación de fitosanitarios

Aplicación de fitosanitarios

La inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria es un requisito obligatorio para ejercer las actividades de suministro, realización de tratamientos fitosanitarios, asesoramiento y manipulación de productos fitosanitarios.

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Cuaderno de explotación

Cada explotación agraria debe mantener actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios con la información especificada en el cuaderno de explotación. Las personas o entidades que requieran la aplicación de productos fitosanitarios en ámbitos profesionales distintos del agrario, mantendrán actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

El cuaderno de explotación y los documentos justificativos se conservarán durante al menos 3 años desde su emisión.

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Formación de usuarios

A partir del 26 de noviembre de 2015, los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deberán estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad, según los niveles de capacitación y las materias especificadas para cada nivel.

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Comercialización y empresas de aplicación

- Venta de productos fitosanitarios

La venta de productos fitosanitarios para uso profesional solo puede llevarse a cabo en establecimientos registrados en el ROPO (listado de establecimientos registrados en Navarra).

Los productores y distribuidores de productos fitosanitarios de uso profesional llevarán un registro de transacciones, donde se anoten todas las operaciones de adquisición o entrega de productos que realicen.

Por otra parte, a partir del 26 de noviembre de 2015, sólo podrán suministrarse productos fitosanitarios para uso profesional a titulares de un carné de usuario profesional.

- Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios

En la manipulación y el almacenamiento de los productos fitosanitarios se deben adoptar todas las medidas necesarias para minimizar los riesgos para la salud humana y el medio ambiente.

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Almacenamiento, manipulación, uso y gestión de envases

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Gobierno de Navarra

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