En esta página se recoge información de utilidad para los fabricantes y usuarios de productos fertilizantes y sustratos.
Definición de fertilizante: “sustancias, mezclas, microorganismos o cualquier otro material para su uso en los vegetales, en los hongos o en sus respectivas micosferas, o destinado a constituir la rizosfera o la micosfera, por sí mismo o mezclado con otros materiales, con el fin de proporcionar nutrientes a los vegetales o a los hongos o mejorar su eficiencia nutricional”
La normativa actual sobre productos fertilizantes a nivel europeo y nacional regula entre otras cosas:
Normativa:
La fabricación y puesta en el mercado de productos fertilizantes en España está regulada por el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes. Este Real Decreto se basa en la actual normativa europea.
El reglamento UE 2019/1009 será la normativa de aplicación a partir del 16 de julio de 2022 para aquellos fertilizantes que se quieran poner en el mercado con el marcado CE.
Definición de sustrato de cultivo: “material sólido distinto de suelos «in situ», donde se cultivan las plantas.”
Normativa:
A nivel nacional y por tanto de la Comunidad Foral de Navarra solo existe una normativa de aplicación en lo relativo a la comercialización de sustratos: el Real Decreto 865/2010, de 2 de julio, sobre sustratos de cultivo.
Este real decreto tiene por objeto establecer la normativa básica en materia de sustratos de cultivo y las normas necesarias de coordinación con las comunidades autónomas, entre otras cosas:
El registro se reguló en noviembre de 2010 mediante la Orden Foral 495/2010, de 5 noviembre. Su objetivo es recabar información para las actuaciones de control e inspección de la fabricación y comercialización de productos fertilizantes y sustratos.
Por lo que respecta al Control Oficial, el control se realizará sobre las personas físicas y jurídicas responsables de la puesta en el mercado de productos fertilizantes o sustratos de cultivo en Navarra; en particular, un productor, importador o envasador que trabaje por cuenta propia, así como cualquier distribuidor u otra persona que modifique las características del producto, su envasado o etiquetado.
Los objetivos del Control Oficial son:
La Sección de Producción y Sanidad Vegetal es la encargada de llevar a cabo todos los años las inspecciones pertinentes. En ellas se realizan tanto controles documentales como toma de muestras de productos para su posterior análisis.
Si desea inscribirse en el ROFPFS o requiere más información puede dirigirse a:
Servicio de Agricultura
Sección de Producción y Sanidad Vegetal
C/ González Tablas, 9, 1ª planta
31005 PAMPLONA
Tfno. 848 42 6416 – 3798
Correo electrónico: spsv@navarra.es