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Hacienda Navarra

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Utilidades y formas de obtención

A través de un sencillo catálogo de preguntas habituales, le mostramos a continuación una completa información sobre la firma electrónica, moderna herramienta para la transmisión telemática de información que permite una relación más cómoda y eficaz entre la Administración y el contribuyente.

¿Qué es la firma digital o certificado de usuario?

El certificado de usuario es un documento digital que contiene, entre otros, sus datos identificativos. Ello le permite identificarse en la red e intercambiar información con otras personas o entidades con la garantía de que sólo Ud. y su interlocutor pueden acceder a ella.

¿Cuál es su utilidad?

La firma electrónica le permite realizar trámites de forma segura con Hacienda de Navarra a través de Internet. Además, evitará desplazamientos a las oficinas y las incómodas colas. Se beneficiará además de un horario plenamente flexible, ya que pueden realizarse tramites telemáticos las 24 horas del día. Sin duda, la posibilidad de realizar sus trámites con Hacienda por Internet, responde a la exigencia de adaptarse a las nuevas necesidades del contribuyente en general, y de la empresa en particular, que requiere de herramientas que permitan mejorar su eficiencia y disminuir costes.

¿Quién puede obtenerla?

La firma electrónica pueden solicitarla tanto las personas físicas como las jurídicas, e incluso, para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, los entes sin personalidad a los que se refiere el artículo 25 de la Ley Foral General Tributaria (comunidades de bienes, herencias yacentes, sociedades civiles irregulares)

¿Qué firmas electrónicas son admitidas para realizar los trámites con Hacienda?

Para utilizar las nuevas tecnologías en sus trámites fiscales necesita disponer de un certificado electrónico emitido por una autoridad de Certificación reconocida por HTN

¿Cómo obtener el certificado digital 2CA emitido por la FNMT?

De todas las firmas electrónicas, el Gobierno de Navarra lleva a cabo las actividades de identificación para la obtención de la firma digital emitida por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT).

El procedimiento de obtención del certificado de usuario tiene 3 fases:

En primer lugar, debe acceder a la página Web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en la siguiente dirección: http://www.cert.fnmt.es y  seguir una serie de pasos. El primero de ellos es la obtención de un código de solicitud. Debe introducir en el recuadro habilitado al efecto el NIF del solicitante, es decir, de la persona física o entidad para la que se solicita la firma digital. Debe Ud. imprimir o anotar el citado código, pues es necesario para el siguiente paso.

Nota: La firma digital se sustenta en un mecanismo de asignación de claves públicas y privadas. Si desea ampliar información sobre el significado de este sistema de claves la Web www.cert.fnmt.es proporciona información interesante al respecto y nociones sobre criptografía que le pueden ayudar a comprender el funcionamiento de la firma electrónica como herramienta de acreditación de identidades en los trámites electrónicos.

. En segundo lugar, una vez obtenido el código de solicitud en el paso anterior, el solicitante del certificado debe personarse en una oficina de acreditación con su documento de identidad y el código. En este punto es preciso diferenciar el supuesto de que el solicitante del Código de solicitud sea una Persona Física del supuesto en el que se trate de una Persona Jurídica o una Entidad sin Personalidad Jurídica. La documentación a presentar será:

Persona Física

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor (Se considera válida la presentación del justificante de haber solicitado el DNI en la dependencia de la Policía, siempre que el citado documento se complemente con el DNI caducado u otro documento que de forma suficiente permita comprobar la identidad del solicitante)

Si no viene el propio interesado, podrá acudir una 3ª persona en su nombre  previa legitimación de la firma ante notario con el siguiente documento

https://www.sede.fnmt.gob.es/documents/10445900/10550283/legitimacion_firma_certificados_PF.pdf

Este certificado caduca a los 4 años y se puede renovar con anterioridad a su caducidad desde la página Web de la FNMT, sin volver a acudir a las oficinas de Registro.

Es gratuito.

Persona Jurídica

Certificado de representación de Administrador Único o Solidario

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Administrador

(Si el Administrador Único es otra sociedad, no pueden solicitar este certificado, tendrán que solicitar el de representante de Persona Jurídica)

Este certificado caduca a los 2 años y se puede renovar con anterioridad a su caducidad desde la página Web de la FNMT, sin volver a acudir a las oficinas de Registro

Tiene un coste de 24€ + IVA que se pagan a la FNMT, mediante tarjeta al realizar el paso nº 3

Certificado de representante de Persona Jurídica

SOCIEDADES REGULARES

Administradores Mancomunados o Consejo de Administración

Cuando hay Consejo de Administración quien tiene poder para la firma digital es el Presidente y los Consejeros Delegados (no lo tienen ni Vicepresidentes ni Consejeros, ni Vocales ni Secretario).

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Administrador o Consejero Delegado.

• Certificado del Registro Mercantil (o nota simple con todas las hojas selladas) en el que aparezca el representante, con antigüedad no superior a 15 días. No se computan sábados y festivos

Representantes voluntarios por apoderamiento:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del apoderado

• Certificado del Registro Mercantil (o nota simple con todas las hojas selladas) en el que aparezca el apoderado, con antigüedad no superior a 15 días. No se computan sábados y festivos

• Poder notarial (no hace falta que esté inscrito en el Registro Mercantil) con una cláusula expresa para obtener el certificado digital de la empresa. Si el poder tiene menos de 15 días no hace falta certificado del Registro Mercantil.

Este certificado caduca a los 2 años y no es renovable. Hay que volver a acudir a las oficinas de Registro y sacar un nuevo Certificado.

Tiene un coste de 14€ + IVA que se pagan a la FNMT, mediante tarjeta al realizar el paso nº 3

COOPERATIVAS

• Nº de la FNMT

• Certificado o nota simple con todas las hojas selladas del Registro de Cooperativas.

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del representante.

• La representación:

- Si hay Consejo Rector : El Presidente.

- Si son menos de 10 socios, puede haber un Administrador único

En Microcooperativas de Trabajo Asociado, la representación puede ser:

- Consejo Rector o Presidente

- Administrador único : El administrador único.

- Administradores solidarios: Cualquiera de ellos.

- Administradores mancomunados (no existe un representante legal): tendrán que traer un acuerdo en el que conste quien o quienes van a disponer de firma electrónica.

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del apoderado

• Certificado o Nota simple con todas las hojas selladas con antigüedad no superior a 15 días del Registro de Registro de Cooperativas.

• Poder notarial (no hace falta que esté inscrito) con una cláusula expresa para obtener el certificado digital de la cooperativa. Si el poder tiene menos de 15 días no hace falta certificado del Registro de Cooperativas.

Este certificado caduca a los 2 años y no es renovable. Hay que volver a acudir a las oficinas de Registro y sacar un nuevo Certificado.

Tiene un coste de 14€ + IVA que se pagan a la FNMT, mediante tarjeta al realizar el paso nº 3

ASOCIACIONES Y OTRAS ENTIDADES INCRIBIBLES EN REGISTROS PÚBLICOS

Asociaciones

• Nº de la FNMT

• Certificado emitido por el Registro de Asociaciones o del registro correspondiente (o nota simple con todas las hojas selladas) con antigüedad no superior a 15 días, en el que conste la última Junta Directiva inscrita. El/la representante será el Presidente, pudiendo incluirse en los estatutos a cualquier otro miembro de la Junta.

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del representante.

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Apoderado

• Certificado emitido por el Registro de Asociaciones o del registro correspondiente (o nota simple con todas las hojas selladas) con antigüedad no superior a 15 días, en el que conste que la Asociación está Registrada.

Si no está registrada: acta de constitución o certificado de que no se ha extinguido.

• Poder notarial (no hace falta inscribir en el Registro correspondiente) con una cláusula expresa para obtener el certificado digital de la Asociación. Si el poder tiene menos de 15 días de antigüedad no hace falta certificado.

Fundaciones

• Nº de la FNMT

• Certificado del Registro (o nota simple con todas las hojas selladas), con antigüedad no superior a 15 días en el que conste el último Patronato inscrito. El/la representante será el Presidente.

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del representante.

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del apoderado

• Certificado del Registro (o nota simple con todas las hojas selladas), con antigüedad no superior a 15 días en el que conste que la Fundación está Registrada.

Si no está registrada: acta de constitución o certificado de que no se ha extinguido

• Poder notarial (no hace falta inscribir en el Registro correspondiente) con una cláusula expresa para obtener el certificado digital de la Fundación. Si el poder tiene menos de 15 días no hace falta certificado.

Colegios Profesionales

• Nº de la FNMT

• Certificado del Secretario/a del Colegio, especificando la persona que va a asumir esa representación. Presidente, Decano o Síndico.

• No hay obligación de inscribirse en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales, pero si traen Certificado de la última junta inscrita en el, podrá emitirse la firma a favor de cualquiera de los componentes de la Junta de Gobierno.

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del representante

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del apoderado

• Certificado del Secretario/a del Colegio, especificando la persona que ha otorgado el poder de representación, que serán: Presidente, Decano o Síndico

• Poder notarial con una cláusula expresa para obtener el certificado digital del Colegio.

Este certificado caduca a los 2 años y no es renovable. Hay que volver a acudir a las oficinas de Registro y sacar un nuevo Certificado.

Tiene un coste de 14€ + IVA que se pagan a la FNMT, mediante tarjeta al realizar el paso nº 3

ORGANISMOS PUBLICOS

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor

• En Ayuntamientos, Mancomunidades, etc Nombramiento en el BOE o certificación de su cargo (Alcalde, Alcalde-Presidente o Presidente) por el Secretario

• En Departamentos: Los Consejeros o los funcionarios a quienes hayan delegado sus funciones (normalmente por Orden Foral) certificado por el Secretario Técnico

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del representante.

• Certificado del cargo que desempeña

• Nombramiento en el BOE o certificación de quien firma

• Poder notarial (no hace falta inscribir) con una cláusula expresa para obtener el certificado digital, o un documento firmado y sellado por un cargo con capacidad de autorización del organismo

Este certificado caduca a los 2 años y no es renovable. Hay que volver a acudir a las oficinas de Registro y sacar un nuevo Certificado.

Es gratuito

SOCIEDADES AGRARIAS DE TRANSFORMACION (SAT)

• Nº de la FNMT

• Certificado del Registro de SAT indicando quien es el Presidente con antigüedad no superior a 15 días

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Presidente

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Apoderado

• Certificado del Registro de SAT indicando quien es el Presidente con antigüedad no superior a 15 días

• Poder notarial (no hace falta inscribir) con una cláusula expresa. Si el poder tiene menos de 15 días no hace falta certificado del Registro de SAT

Este certificado caduca a los 2 años y no es renovable. Hay que volver a acudir a las oficinas de Registro y sacar un nuevo Certificado.

Tiene un coste de 14€ + IVA que se pagan a la FNMT, mediante tarjeta al realizar el paso nº 3

Certificado de representante de Entidad sin Personalidad Jurídica

SOCIEDADES IRREGULARES

Si la entidad figura en el Censo de Entidades de la HTN

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor de cualquiera de sus miembros

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Apoderado

• Poder notarial otorgado por la sociedad en el que figure una cláusula expresa para obtener el certificado digital o firma de uno de los socios legitimada notarialmente si actúa por parte de uno de los socios

Si la Entidad NO figura en Censo de Entidades de la HTN

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor de cualquiera de sus miembros

• Contrato de constitución y si es superior a 6 meses, certificado del la Administración Tributaria indicando la composición de sus miembros.

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Apoderado

• Contrato de constitución y si es superior a 6 meses, certificado del la Administración Tributaria indicando la composición de sus miembros.

• Poder notarial el que figure una cláusula expresa para obtener el certificado digital de la sociedad.

Este certificado caduca a los 2 años y no es renovable. Hay que volver a acudir a las  oficinas de Registro y sacar un nuevo Certificado.

Es gratuito

H: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del Presidente

• Copia del Acta de la reunión de la Junta de Propietarios en la que se nombró al Presidente de la Comunidad

Representantes voluntarios:

• Nº de la FNMT

• DNI, carné de conducir o pasaporte en vigor del apoderado/administrador

• Fotocopia del DNI del Presidente.

• Poder notarial en el que figure una cláusula expresa para obtener la firma digital o bien Acta de la Junta de Propietarios en la que se acuerde que el administrador puede solicitar y obtener el certificado de la Comunidad, firmada por el Presidente, Secretario y el mismo administrador.

Este certificado caduca a los 2 años y no es renovable. Hay que volver a acudir a las  oficinas de Registro y sacar un nuevo Certificado.

Es gratuito.

. En tercer lugar hay que descargar la firma electrónica en el navegador. Debe realizarse desde la Web de la FNMT, aproximadamente dos horas después de haberse acreditado en las oficinas de HTN. En el apartado "obtención del certificado" de la web de la FNMT hay que introducir el NIF y el código de solicitud obtenido en el paso uno en el campo habilitado a tal efecto. La descarga es automática (algunos certificados tienen un coste que se paga con tarjeta) Puede comprobar que la descarga se ha realizado entrando en el navegador y dirigiéndose a: herramientas/opciones de internet/contenido/certificados. La descarga del certificado de usuario solo podrá ser realizada desde el mismo equipo y navegador desde el que se realizó la solicitud.

Imprescindible

Se debe realizar todo el proceso de obtención desde el mismo equipo, con el mismo usuario y el mismo navegador.

No olvide realizar una copia de seguridad inmediatamente después de terminar con la descarga. Le permitirá tener su firma digital instalada en otros equipos y evitará tener que volver a obtenerla si por algún problema perdiera su certificado. Vea nuestras sencillas instrucciones

El certificado digital tiene una validez de dos años para las personas jurídicas y cuatro para las personas físicas. Se recibe una aviso por e-mail desde la autoridad certificadora (FNMT) para su renovación dos meses antes de la caducidad, por lo que es importante consignar una dirección de mail al obtener la firma electrónica

Atención informática

Teléfono: 948 01 35 55

e-mail: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es

 

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