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Se modifican las leyes 69,70, 71 y 72
El Gobierno de Navarra ha acordado en su sesión de hoy manifestar su conformidad con la toma en consideración de la proposición de Ley Foral de Reforma de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra en materia de filiación. El Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la Ley 71 b) recogida en la Compilación de Derecho Civil de Navarra o “Fuero Nuevo”, al considerar es contraria a los artículos 24.1 y 39.2 de la Constitución, al no resultar compatible con el mandato de hacer posible la investigación de la paternidad ni con el derecho a la tutela judicial efectiva.
Con el fin de dar cumplimiento a lo requerido por el Tribunal Constitucional, mediante la proposición de Ley Foral de Reforma de la Compilación de Derecho Civil de Navarra en materia de filiación, (proposición de Ley Foral que ha sido presentada por la totalidad de los grupos parlamentarios, acogiendo así de forma unánime la propuesta técnica del Consejo Asesor de Derecho Civil Foral presentada la semana pasada a la Ponencia parlamentaria por la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia y Presidenta del citada Consejo Asesor María José Beaumont), proposición de Ley Foral por la que se modifica la Ley 1/1973, de 1 de marzo, en cuanto a las leyes 69, 70,71 y 72, que se tramitará por el procedimiento de urgencia y en lectura única.
A través de estos cambios se modificará la forma, capacidad y requisitos para el reconocimiento de la filiación no matrimonial, ampliándose éste al del hijo ya fallecido, punto no contemplado hasta ahora en caso alguno y que a partir de ahora se posibilitaría para aquellos supuestos en que el mismo dejara descendientes. Se establecerá además el plazo de caducidad de la acción en un año y modificará la regulación del reconocimiento, las impugnaciones y las declaraciones de filiación.
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