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Subvenciones de 120.200 euros para el tratamiento con el método Petö a menores con parálisis cerebral lunes, 14 de agosto de 2017


El plazo de presentación de solicitudes será del 4 al 29 de septiembre


El director general de Salud, Luis Gabilondo, ha firmado una Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones por importe de 120.200 euros para el tratamiento con el método Petö a personas menores de 16 años diagnosticadas de parálisis cerebral o procesos neurológicos afines en los meses de enero a septiembre de 2017. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 4 de septiembre y finalizará el 29 de septiembre.

Las ayudas establecidas en esta convocatoria se solicitarán por el padre, madre, tutor, tutora u otro representante legal en nombre de la persona beneficiaria.

La concesión de las subvenciones será efectuada mediante Resolución del director general de Salud, a propuesta del órgano instructor, el Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías, previa la valoración de carácter vinculante realizada por la Comisión de Evaluación. La subvención alcanzará, al menos, para financiar a cada persona beneficiaria un ciclo base del tratamiento cuyo montante será de 1.387 euros; el resto de la partida presupuestaria se distribuirá proporcionalmente al gasto realizado, siempre que no se supere la disponibilidad presupuestaria ni si supere el coste total del tratamiento una vez descontadas otras ayudas.

Daño cerebral adquirido

Por otra parte, el director general de Salud ha firmado otra Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de la concesión de subvenciones para ayudas destinadas a complementar, en determinados gastos, el tratamiento de niños y niñas menores de 18 años con daño cerebral adquirido, realizado entre enero y septiembre del año 2017. La convocatoria tendrá una cuantía de 20.000 euros, y las subvenciones se dedicarán a cubrir, total o parcialmente, el gasto efectuado para atender las siguientes necesidades de menores de 18 años que padezcan daño cerebral adquirido: valoración neuropsicológica; terapia ocupacional; rehabilitación de la deglución, y productos de apoyo para la autonomía personal, excluido el material ortoprotésico financiado por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Podrán obtener la condición de beneficiarios quienes reúnan los siguientes requisitos: tener un diagnóstico de daño cerebral adquirido realizado por un neuropediatra; ser menor de 18 años en el momento de recibir la intervención diagnóstico o terapéutica o la compra de los productos de apoyo; residir de forma estable en Navarra, y que la conveniencia de la valoración neuropsicológica, terapia ocupacional o rehabilitación de la deglución hayan sido indicadas por un facultativo especialista del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea o centro concertado.

La concesión de las subvenciones será efectuada mediante Resolución del director general de Salud, a propuesta del órgano instructor, el Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías, previa la valoración de carácter vinculante realizada por la Comisión de Evaluación.

Se establecen los siguientes máximos de intervenciones y tarifas:

La misma persona beneficiaria podrá presentar gastos correspondientes a una o varias modalidades distintas de intervención y/o productos de apoyo recogidas en la convocatoria, no siendo excluyentes entre sí. En caso de que una vez valoradas todas las solicitudes quedase remanente en la partida presupuestaria, éste se repartirá entre aquéllas personas beneficiarias que hubiesen acreditado un gasto superior a los límites establecidos de forma proporcional al gasto realizado.

El director general de Salud, a propuesta del Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías, resolverá la concesión o denegación de las subvenciones. La Resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y, transcurrido dicho plazo los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes, sin perjuicio de la existencia de la obligación de resolver por parte de la Administración.

El abono se realizará en un solo pago, tras la Resolución de concesión, mediante transferencia en la cuenta de abono indicada en el momento de efectuar la solicitud.


Nota de prensa:

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