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En el informe se aclaran las dudas planteadas por el Defensor del Pueblo
La Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra avala en un informe la decisión de éste de reducir (de 167 a 102) el número de plazas de nivel E inicialmente ofertadas en la convocatoria de oposición, y concluye que la resolución aprobada al respecto se ajusta al ordenamiento jurídico. Tal reducción, antes de la aprobación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, “no infringe derechos constitucionales o legales de los ciudadanos afectados, ni los principios de irretroactividad o de seguridad jurídica, sino que se ajusta a la legalidad”.
El informe aclara en ese sentido las “dudas” manifestadas por el Defensor del Pueblo sobre la cuestión, planteadas en escritos al Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior a raíz de varias quejas formuladas al Defensor por diversas personas. El mismo Defensor en sus escritos al Gobierno sugería la posibilidad de que fuese la Asesoría Jurídica, como órgano más apropiado, quien analizase el expediente administrativo y emitiera un informe al respecto “para mayor seguridad jurídica de todos los afectados”.
En su informe, la Asesoría Jurídica señala de entrada que el Decreto-Ley Foral 1/2011, de 6 de octubre, por el que se aprueban diversas medidas para el cumplimiento del objetivo del déficit (Decreto-Ley cuya legalidad no está puesta en cuestión), habilita expresamente al Gobierno de Navarra para llevar a cabo la reducción de plazas ya ofertadas en convocatorias en tramitación siempre que no se hubiese alcanzado el trámite de aprobación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Y precisamente, se indica en el informe, esta circunstancia no se había dado todavía. De hecho, es en la Resolución por la que se reducen las plazas donde se aprueba dicha lista definitiva.
En cuanto al retraso en la celebración de las pruebas selectivas, se advierte en el informe de que existen circunstancias especiales que permiten entenderlo, como el elevado número de aspirantes (más de 12.000), la necesidad de reemplazar a numerosos miembros del tribunal, etc. De hecho, ya en septiembre, se recuerda en el informe, se publicó en la página web de empleo público el aviso de que la oposición se celebraría en el último trimestre del año. Además, respecto a la fecha de las pruebas, aunque una base de la convocatoria prevé que será en septiembre de 2011, también en ella se dispone que será la resolución aprobatoria de la lista definitiva donde se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.
Por último, se constata en el informe, la reducción parcial del número de plazas va acompañada, “como contrapeso”, por la posibilidad de los aspirantes a renunciar a participar en el proceso selectivo, con devolución en tal caso de la tasa de inscripción abonada.
2.043 personas han solicitado la devolución de la tasa
A este propósito, y por otro lado, cabe señalar que son 2.043 las personas que han renunciado a participar en el proceso selectivo y han solicitado la devolución de la tasa de inscripción, haciendo uso de la posibilidad habilitada por el Gobierno de Navarra. Inicialmente estaban inscritas 12.579 personas.
Como es conocido, el ejercicio de la oposición se desarrollará el día 11 de diciembre, domingo, en el Aulario de la Universidad Pública de Navarra, en el Campus de Arrosadía, conforme al siguiente orden de actuación, resultado del sorteo público del turno de actuación de los aspirantes, celebrado el pasado día 14 de noviembre, en la sede del Instituto Navarro de Administración Pública:
- Primer turno, a las 10 horas: desde “Abad Arbizu, Laura” hasta “Jiménez Flores, Laura María”.
Segundo turno, a las 13 horas: desde “Jiménez Galán, Nuria” hasta “Zuza Azpíroz, Jesús María”.
Todos los aspirantes que hayan solicitado y se les conceda adaptaciones de tiempos y/o medios serán llamados en el turno de las 10 horas. La convocatoria para el ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad o equivalente, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente.
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