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Atención Ciudadana
Tel.: 948 012012
012*
Horario:
De 8h a 19h de lunes a viernes.
E-mail: navarra@navarra.es
*Coste de la llamada: 0'34 euros independientemente de la duración.
Las solicitudes deben tramitarse a través de los Servicios Sociales de Base o de la Agencia Navarra para la Dependencia
A partir del próximo 1 de enero de 2011 las personas dependientes moderadas de nivel 2 podrán solicitar las prestaciones previstas por la Ley de Dependencia, y a las que ya tienen acceso los grandes dependientes y los dependientes severos. Esta actuación fue acordada en la reunión del Consejo Territorial para la Autonomía y Atención a la Dependencia celebrada el día 22 de diciembre, en el que estuvieron presentes representantes del Gobierno central y de las Comunidades Autónomas.
Las personas que deseen entrar en el Sistema de Atención a la Dependencia deberán solicitar la valoración de su situación. Asimismo, las personas ya valoradas con dependencia moderada nivel 2, que en Navarra son 1.850, tendrán reconocido el derecho a las prestaciones a partir del 1 de enero de 2011. Para tramitar las solicitudes tienen que dirigirse a los Servicios Sociales de Base o a la Agencia Navarra para la Dependencia y solicitar el acceso a las prestaciones mediante un Programa Individual de Atención (PIA). La Agencia Navarra para la Dependencia dispone de dos teléfonos de información específicos para este asunto, el 902.165.170 y el 848.42.69.00, disponibles de lunes a jueves de 8.30 horas a 18.00 horas y el viernes de 08.30 a 15.00 horas.
Las prestaciones a las que tendrán derecho las personas con dependencia reconocida moderada nivel 2 son: promoción de la autonomía personal; teleasistencia; ayuda a domicilio; centro de día y de noche, y prestación económica para cuidados en el entorno familiar. La cuantía máxima de esta última prestación acordada en el último Consejo Territorial es de 180 euros al mes, y la mínima, de 60 euros.
La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia establecía que la efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia incluidas en la citada ley se ejercitaría progresivamente, de modo gradual y de acuerdo con el calendario que en la misma se contiene. Durante los cuatro primeros años de vigencia de la Ley ha entrado en vigor la efectividad del derecho a las prestaciones de las personas valoradas en el Grado III, de gran dependencia, y en el Grado II, de dependencia severa. Así, de acuerdo con el citado calendario, a partir del 1 de enero de 2011, entra en vigor la efectividad del derecho de quienes sean valorados en el Grado I, de dependencia moderada, nivel 2.
Atención a los grandes dependientes y a los severos en Navarra
Actualmente, en Navarra existen 8.738 personas con valoración de gran dependiente o dependiente severo y, por lo tanto, con derecho a ser atendidas. De éstas, 7.496 perciben una o varias prestaciones, es decir casi el 86%. El resto está en proceso de trámite.
En cuanto a la distribución de las prestaciones a estas personas destaca que 2.207 dependientes están siendo atendidas por un servicio residencial, prestación, por otra parte, que no es compatible con otras. 388 dependientes están en centros de día. Y de estos, 297 además lo compatibilizan con una ayuda económica. Asimismo, 566 personas son atendidas por un servicio de atención a domicilio.
En total, 3.164 dependientes (42,2%) son atendidos por servicios como residencias, centros de día o servicios de atención a domicilio. 4.335 personas perciben una ayuda económica para la atención en domicilio. Por último, destacar que 708 personas son atendidas con el servicio telefónico de emergencia, compatibilizándolo además con otros recursos.