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La Comisión de Ordenación del Territorio ha informado favorablemente y el Gobierno de Navarra tiene que dar la aprobación definitiva a la reforma
La Comisión de Ordenación del Territorio (COT) ha informado favorablemente en su sesión de hoy sobre la modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) de Ripagaina. Dicha reforma viene motivada por la modificación prevista en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Vivienda, y promovida por la Junta de Compensación del Área de Reparto I.
La citada Ley de Medidas Urgentes facilita la aprobación de modificaciones que supongan un incremento de la edificabilidad, siempre que las infraestructuras y servicios que estén vinculados al desarrollo residencial lo permitan, y hasta un máximo de un 30%. De esta forma, no sería necesario ajustar sus determinaciones a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Para proceder a dicha actuación deben cumplirse los siguientes requisitos: que el ámbito de la modificación sea el del conjunto del sector o unidad; que no suponga un incremento del aprovechamiento urbanístico homogeneizado ni alteración de los coeficientes de homogeneización empleados; que se presenten para su aprobación en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley Foral; que el incremento de edificabilidad propuesto se destine, como mínimo, en un 80% a la construcción de vivienda protegida.
Tras cumplirse todos estos requisitos, y una vez que la modificación del PSIS de Ripagaina sea aprobada por el Gobierno de Navarra, la edificabilidad de esta zona se verá ampliada en un 30% hasta llegar a una superficie total de 608.601 metros cuadrados (por los 468.288 m2 del PSIS inicial) repartidos de la siguiente manera: 147.110 m2 para Viviendas de Protección Oficial, 189.592 m2 para Viviendas de Precio Tasado, 258.130 m2 para viviendas libres y unifamiliares y 13.767 m2 para usos terciarios y comerciales. El aumento de edificabilidad no altera las redes construidas para el abastecimiento de agua y para saneamiento, que siguen teniendo capacidad suficiente para soportar esta actuación.