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Aprobado el Reglamento sobre el Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008

lunes, 27 de diciembre de 2004

El Gobierno de Navarra ha aprobado, mediante Decreto Foral, el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 12/2004, de 29 de octubre, del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008. La aprobación de esta norma se produce tras el informe favorable de la Comisión de Régimen Local, y antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes, que vence el próximo 5 de febrero de 2005.


El Reglamento comprende un capítulo relativo a Planes Directores cuyas obras serán gestionadas por las entidades locales sin perjuicio de la necesaria cooperación por parte del Gobierno de Navarra. Estos Planes Directores se financiarán del modo siguiente: el abastecimiento de agua en alta, y recogida y tratamiento de residuos urbanos y específicos, de acuerdo con la Ley Foral 12/2004 de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008, y el saneamiento y depuración de ríos de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre.


Por otra parte, el Reglamento aprobado por el Gobierno establece la fórmula para la selección y priorización de obras, para lo que se tiene en cuenta el indicador del déficit de infraestructura individual de la entidad local respecto a la obra concreta, el indicador del déficit de infraestructura global de la entidad local (salvo las de caminos locales y cementerios), la rentabilidad de la inversión por habitante y el indicador del volumen de transferencias de capital reconocidas por el Departamento de Administración Local en el periodo 1984/2004.


Al analizar los déficits de infraestructura individual y global, se tendrán en cuenta las siguientes pautas: obras necesarias a corto plazo, obras necesarias a medio plazo, obras convenientes y obras sin prioridad.


Respecto a obras de programación local, el Decreto Foral del Gobierno de Navarra regula lo correspondiente a redes urbanas de distribución de agua y saneamiento, a electrificaciones, alumbrado público, pavimentaciones, edificios municipales, cementerios y caminos locales.


Por otra parte, el Reglamento mencionado fija el régimen económico-financiero de las inversiones, aprobación del Plan de Infraestructuras Locales 2005-2008 y el procedimiento correspondiente a adjudicación de obras, plazo de ejecución, entrega de aportaciones y documentación que se ha de presentar. Igualmente, se regula el apartado correspondiente a los procedimientos especiales (urgencia y emergencia).


Gobierno de Navarra

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