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El Gobierno aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

lunes, 26 de enero de 2004

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy mediante un decreto foral el Reglamento sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Esta norma desarrolla y concreta la ejecución de las disposiciones contenidas en el Texto Refundido del Impuesto, de diciembre de 2002, e introduce la posibilidad de la autoliquidación del tributo.



La aprobación de este Reglamento venía exigido porque los artículos 6, 28, 53, 58, 59, 60 y 61 del mencionado Texto Refundido del Impuesto de Sucesiones y Donaciones remiten a disposiciones reglamentarias que debían ser aprobadas por el Gobierno para regular con mayor precisión este tributo. De este modo, se cierra el proceso de elaboración de una normativa clara y coherente en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la Comunidad Foral de Navarra.



El Reglamento aprobado hoy por el Gobierno tiene un triple objetivo. Por una parte, el ya mencionado de desarrollar los aspectos sustantivos y de gestión del Texto Refundido que necesitan alguna determinación o puntualización específica.



En segundo término, el nuevo Reglamento acaba con la inseguridad jurídica derivada de la vigencia, en algunos aspectos residuales, de determinados preceptos de las normas del Impuesto procedentes el Acuerdo de la Diputación Foral de 10 de abril de 1970.



Por último, se facilita a los contribuyentes el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales mediante la posibilidad de que recurran a la autoliquidación del tributo, lo que significa adecuar la gestión de éste a los principios de celeridad y agilidad. Los sujetos pasivos podrán optar así por la autoliquidación por el régimen de declaración, que es el vigente en este momento.



En la tramitación del expediente se ha sometido el proyecto de Reglamento a información pública y se han admitido determinadas sugerencias aportadas.


Gobierno de Navarra

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