En los 6 primeros meses del ejercicio (información referida al ejercicio anterior):
- Inventario de bienes.
- Balance de situación.
- Cuenta de resultados.
- Memoria.
En el plazo de 3 meses desde su emisión presentarán los informes de auditoría las fundaciones que, de conformidad con la ley foral, deban someterse a auditoría externa.
Deben someterse a auditoría externa las cuentas de las fundaciones:
- Si concurren, en la fecha de cierre del ejercicio, al menos dos de las siguientes circunstancias:
- Activo >1.803.000 euros.
- Importe neto de su cifra anual de ingresos >3.606.000 euros.
- Personas empleadas durante el ejercicio >50.
- Si, a juicio del Patronato, presentan especiales circunstancias que así lo aconsejen.
En los 3 últimos meses del ejercicio (información referida al ejercicio siguiente):
- Plan de actuación con los objetivos y las actividades que la fundación prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente.
Anualmente (es recomendable aportarlo junto al inventario, cuentas y memoria):
- Informe de gestión que permita al Protectorado evaluar a la fundación según las funciones que le corresponden, recogidas en el artículo 61.1 de la Ley Foral 13/2021.