Ayudas para realizar proyectos de I+D. Convocatoria 2022

  • Se ha actualizado la encuesta.
  • Publicadas las plantillas para la justicicación de los costes indirectos que se hubieran concedido a los organismos de investigación y difusión de conocimientos, válidas para la presente convocatoria y la de proyectos estratégicos de 2022 (ver apartado Documentación a presentar).

Oinarrizko informazioa

Empresas y Agentes del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI) con centro de trabajo en Navarra y que desarrollen las actividades de I+D en dicho centro.

Los proyectos objeto de estas ayudas podrán ejecutarse entre el 1 de junio de 2022 y el 31 de mayo de 2024, dividiéndose en 3 periodos de cara al presupuesto a presentar por las solicitantes y en 4 hitos de pago determinados por la fecha de presentación de la documentación.

  • Periodo 1: desde la fecha de inicio del proyecto hasta el 30 de septiembre de 2022.
  • Periodo 2: desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023.
  • Periodo 3: desde el 1 de octubre de 2023 hasta la fecha de finalización del proyecto.

Hay tres modalidades de proyectos:

  • Proyecto individual de una empresa
  • Proyecto de colaboración entre varias empresas
  • Proyecto de transferencia del conocimiento, realizado entre una o varias empresas y uno o varios Agentes del SINAI.

Son gastos subvencionables los relacionados directamente con las actividades de I+D, como personal, materiales, amortización de equipos y colaboraciones externas.

La intensidad de la ayuda será proporcional a la puntuación obtenida en la valoración del proyecto y teniendo en cuenta las intensidades máximas de ayuda, que están entre el 10% y el 80% del presupuesto aceptado, en función del tamaño de la empresa y la modalidad y calificación del proyecto.

La ayuda máxima por beneficiario y modalidad es de 200.000 euros.

Se establece un máximo de subvención para los proyectos de colaboración entre empresas y de transferencia de conocimiento de 500.000 euros.

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones.

Estas ayudas están cofinanciadas al 40% por el Gobierno de Navarra y el Fondo FEDER de la Unión Europea.

En caso de realizar una publicación o mención pública del proyecto, se deberá hacer constar que ha sido financiado por el Gobierno de Navarra y por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán publicar la contribución del FEDER mediante la inclusión en lugar visible de su web, al menos durante la duración del proyecto, de la siguiente frase acompañada del logotipo FEDER-GN:

"Esta empresa/organismo ha recibido una ayuda cofinanciada por el Gobierno de Navarra y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (40%) a través del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de Navarra"

Logo FEDER - Gobierno de Navarra

Si la empresa no dispone de página web o carece de los permisos para modificar la web corporativa, deberá situar en lugar visible de la empresa, al menos durante la duración del proyecto, la pegatina del logotipo FEDER que se facilitará el órgano gestor de las ayudas.

Pasos del procedimiento
Una vez concedida la ayuda, en el plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la subvención, la entidad beneficiaria deberá presentar la siguiente documentación relativa a la Declaracion de transparencia:

Vídeo de la presentación de la convocatoria en el CEN el 25/5/2022: presentación en YouTube

 

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Para la solicitud

Todos los modelos han sido actualizados. Se deberán utilizar los que se pueden descargar en la presente ficha y se aconseja descargarlos en el momento de rellenarlos por si ha habido actualizaciones de mayor o menor relevancia.

  • Formulario de solicitud (V23 actualizada el 7/6/2022).
    Debe usarse este modelo y mantener la extensión xls (no xlsx).
    Se ha detectado con Office365 que cuando se aloja en subcarpetas y la ruta incluyendo el nombre del archivo supera los 218 caracteres, al guardar elimina las fórmulas.
    Se ha detectado que la ficha puede presentar problemas al subirla; en tal caso, comprimir en .zip, no cambiar a xlsx.
    Quien solicite renuncia al PAC2, deberá subir un segundo formulario con los periodos 2 y 3 adaptados (desde el 1/4/2023 pasaría al periodo 3).
  • Declaración responsable. Debe ir con firma digital o escaneada con firma y sello.
  • Memoria técnica individual (para proyectos individuales de empresas).
  • Memoria técnica colaboración-transferencia (para proyectos de colaboración entre empresas o de transferencia de conocimiento).
  • Horas de dedicación del personal de las empresas a proyectos 2022-2024, a cumplimentar por todos los solicitantes, empresas, centros tecnológicos y universidades. Se deberá adjuntar una sola vez y en el último proyecto presentado en esta convocatoria.
    Debe usarse este modelo y mantener la extensión xls (no xlsx).
    Se ha detectado con Office365 que cuando se aloja en subcarpetas y la ruta incluyendo el nombre del archivo supera los 218 caracteres, al guardar elimina las fórmulas.
    Se ha detectado que la ficha puede presentar problemas al subirla; en tal caso, comprimir en .zip, no cambiar a xlsx.
  • Acuerdo de colaboración. En los proyectos de colaboración entre empresas y en los de transferencia del conocimiento, se presentará por el coordinador. Debe ir con firma digital o escaneada con firma y sello, por todos los socios. No hay modelo.
  • Cuentas presentadas al Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, o IRPF de los ejercicios 2018, 2019 y 2020. Para acreditar el tamaño de empresa pequeña o mediana. Si no se presentan, la intensidad de ayuda a aplicar será la de grandes empresas.

Conforme a la base 3.1.1.1.a, las empresas deberán  haber comunicado a la autoridad laboral la apertura de un centro de trabajo o la reanudación de la actividad en Navarra a través de la siguiente ficha: Apertura de centro de trabajo o reanudación de actividad.

 

Para la declaración de transparencia 

Una vez concedida la ayuda, en el plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la subvención, la entidad beneficiaria deberá presentar la siguiente documentación relativa a la declaración de transparencia:

El formulario de la declaración de transparencia debe descargarse, no rellenarse directamente. Cuando, una vez abierto, se selecciona una da las opciones, Subvención o Mecenazgo, aparecen las posibles opciones consecuencia de la elección hecha, debajo del DECLARO. Si esto no sucede puede ser porque se ha abierto el archivo con algún programa o explorador no compatible con este sistema (Se ha detectado que Firefox da problemas).

 

Para el primer informe intermedio

Se presentará informe sobre el grado de cumplimiento de los objetivos técnicos del proyecto, acompañado de la declaración responsable del gasto realizado por la beneficiaria desde el inicio del proyecto hasta el 30 de septiembre de 2022 (incluido). Plazo de presentación: hasta el 1 de octubre de 2022 (incluido).

En el apartado Resultados, está la relación de aceptaciones de renuncia a los pagos a cuenta. Una beneficiaria que renuncie al pago a cuenta 1 en la solicitud y se le haya aceptado, hará directamente la justificación parcial y no se verá afectada por las circunstancias del pago a cuenta. Por ejemplo, no tendrá pérdidas de derecho a cobro por presentar facturas antes o después de la fecha de presentación del primer informe intermedio. En estos casos, se anula el presupuesto del periodo 1 y se incrementa en esa cantidad el del periodo 2.

Documentación a presentar:

 

Para la justificación parcial

Se presentará documentación técnica y económica, que comprenderá el gasto realizado desde el inicio del proyecto hasta el 31 de marzo de 2023 o hasta la finalización del proyecto si se produce antes. Plazo de presentación: hasta el 1 de julio de 2023 (incluido), o hasta tres meses tras la finalización del proyecto si finalizase antes.

Documentación a presentar:

 

Para el segundo informe intermedio

Se presentará informe sobre el grado de cumplimiento de los objetivos técnicos del proyecto, acompañado de la declaración responsable del gasto realizado por la beneficiaria desde el 1 de abril hasta el 30 de septiembre de 2023 (incluido). Plazo de presentación hasta el 1 de octubre de 2023 (incluido).

Una beneficiaria que renuncie al pago a cuenta 2 y se le acepte, hará directamente la justificación final y no se verá afectada por las circunstancias del pago a cuenta. Por ejemplo, no tendrá pérdidas de derecho a cobro por presentar facturas antes o después de la fecha de presentación del segundo informe intermedio, pero los gastos desde el 1/4/2023 se abonarán en 2024.

En el caso de renuncia del PAC2 en el momento de presentar la solicitud, deberá consignar la cantidad que pasa del periodo 2 al periodo 3 y deberá adjuntar un segundo formulario Excel completamente rellenado, que será el válido en el caso de que sea aceptada la renuncia.

Documentación a presentar:

 

Para la justificación final

Se presentará la documentación técnico-económica, que comprenderá el gasto realizado desde el 1 de abril de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024 o hasta la finalización del proyecto si se produce antes. Presentación hasta el 1 de septiembre de 2024 (incluido), o hasta tres meses tras la finalización del proyecto si finalizase antes.

Se recuerda el contenido de la base 14: Los gastos no presentados en los primeros periodos se podrán presentar en los siguientes.

Documentación a presentar:

Para más información, consultar:

 

Justificación de costes indirectos

Las entidades que tienen concedidos costes indirectos tanto en la presente convocatoria como en la convocatoria de proyectos estratégicos del mismo año (2022) deben acreditar que los mismos están basados en costes reales imputables, conforme a la base 4.1.3 (la misma para ambas convocatorias).

Dicha acreditación se realizará mediante los siguientes documentos:

Estos documentos será necesario remitirlos sólo una vez por cada año a justificar, y serán válidos para las dos convocatorias referidas, por lo que se podrán remitir a través del Registro General Electrónico con destino al Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento.

Tramitazioa

Epea: 22/05/18 - 24/11/15

Jarraibideak:

A través de este acceso se tramitarán todas las solicitudes, a excepción de los pagos a cuenta y justificaciones en las que se presentan los gastos que impliquen abonos de ayudas. Para estas operaciones se utilizará el acceso específico de más abajo, ya que incluye el registro para poder solicitar la subvención correspondiente a la justificación, sin la cual no se puede realizar el abono de la ayuda.

Para poder tramitar la solicitud de ayuda, las entidades solicitantes deben tener la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) y, además, estar suscritas a los procedimientos de notificación electrónica habilitados por el Gobierno de Navarra.

Honako egiaztagiri hauek erabil daitezke:

  • Ziurtagiri digitala edo NAN elektronikoa
  • Cl@ve

Epea: 23/03/31 - 25/01/02

Justificación final de proyectos ya terminados:

4. Presentación de la justificación final: Para los proyectos finalizados el 31 de mayo de 2024, los tres meses son hasta el 1 de septiembre de 2024 (2 de septiembre por ser festivo, incluido). Si el proyecto finalizase en otra fecha, hasta tres meses tras la finalización del mismo.

Se recuerda el contenido de la base 14: Los gastos no presentados en los primeros periodos se podrán presentar en los siguientes.

Jarraibideak:

Presentación de la justificación final:

  • Se presentarán los documentos relativos al gasto realizado hasta la finalización del proyecto conforme a la fecha establecida en la concesión o en posibles modificaciones o prórrogas.
  • Plazo de presentación: hasta el 1 de septiembre de 2024 (2 de septiembre, incluido), o hasta tres meses tras la finalización del proyecto en su caso.

En el paso 3 - Adjuntar documentación, deberá presentar los documentos correspondientes, correctamente cumplimentados; dichos documentos están disponibles en el apartado anterior "Documentación a presentar":

IMPORTANTE:

En el paso 4 - Datos específicos, deberá rellenar los datos de justificación correctamente, localice estos datos antes de iniciar el proceso:

  • Número de expediente: es el que figura en la notificación de concesión como Código de expediente y tiene el formato 0011-1365-2022-000XXX, donde XXX es exclusivo en cada caso.
  • Importe justificado (€): es el importe de la ayuda a abonar, no confundir con el importe de gasto justificado. Es realmente la ayuda que espera percibir la beneficiaria. El abono definitivo será el que considere el Servicio, que podrá ser superior o inferior al consignado por la beneficiaria, por lo que los importes introducidos erróneamente serán corregidos sin repercusiones. El importe debe ser mayor de cero, más información abajo.

Este importe se calcula de la siguiente manera:

1. El total del importe del presupuesto presentado, se multiplica por la intensidad de la ayuda (la intensidad de ayuda se notifica en la concesión inicial como %)

2. Este importe se limitará  a la concesión en el año 2023. Dicho límite puede verse en la tabla del último punto de la notificación de concesión inicial, en la que se detalla la distribución de la ayuda en los tres ejercicios presupuestarios (punto 11 ó 10 dependiendo de cada caso).

Si la beneficiaria ha recibido la justificación parcial, en la misma figura el importe requerido.

Más información aquí, consultar específicamente si no se presenta gasto: Registro de justificaciones.

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  • Ziurtagiri digitala edo NAN elektronikoa
  • Cl@ve

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Teléfono: 848 42 10 08
Correo electrónico: fomento.innovacion@navarra.es

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