Ayudas para la destilación de crisis de vino 2024

Oinarrizko informazioa

Empresas con domicilio social en Navarra que cumplan, al menos, uno de estos requisitos:

  • Haber comprado uva en la campaña vitivinícola 2023-2024 proveniente de viñedos ubicados en Navarra.
  • Haber utilizado uvas de sus propios viñedos en la campaña vitivinícola 2023-2024 ubicados en Navarra.
  • Cooperativas cuyos estatutos incluyan la obligación de recoger la producción de sus socias y socios viticultores.
  • Además, podrán ser beneficiarias de la ayuda las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud sean elaboradoras de vino tinto y/o rosado amparado en la D.O. Navarra o D.O.Ca Rioja.
  • Podrán ser objeto de ayuda de destilación de crisis voluntaria los vinos tintos y rosados a granel que estén amparados por la D.O. Navarra y por la D.O.Ca Rioja bajo la titularidad de una empresa vitivinícola que cumpla los criterios de admisibilidad.
  • El vino entregado por la solicitante a la destilería debe responder a las definiciones recogidas en los apartados 1, 4, 5 y 6 de la parte II del anexo VII del Reglamento 1308/2013.
  • La cantidad máxima de solicitud será un máximo del 50 % del vino elaborado en la campaña 2023-2024, de los datos aportados por las D.O. Navarra y D.O.Ca Rioja.
  • Los importes unitarios de la ayuda financiera para la destilación voluntaria de crisis serán de:
    • 0,45 euros/l para los vinos tintos o rosados de D.O. Navarra.
    • 0,85 euros/l para los vinos tintos o rosados de D.O.Ca Rioja.
  • El volumen total máximo a destilar será de 76.285,68 Hl distribuidos por tipo de vino y DO en las siguientes cantidades:
    • 48.245,68 hl para los vinos tintos o rosados de D.O. Navarra.
    • 28.040,00 hl para los vinos tintos o rosados de D.O.Ca Rioja.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción y comprobación de las solicitudes presentadas.
  • Resolución de concesión.
  • Presentación de acuerdo con el destilador.
  • Presentación de garantía.
  • Resolución de pago de la ayuda.
  • Presentación prueba de destilación.

Además del formulario de solicitud, se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificado de inscripción en el Registro de cooperativas o de SAT, en el caso de cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SAT)
  • Declaración responsable
  • Documentación justificativa de los criterios de valoración indicados en la base octava, punto 2, por los que el interesado o la interesada pretenda obtener puntos en la solicitud de ayuda.
  • Solicitud de abono por transferencia, en el caso de no estar dado de alta en Hacienda.
  • Certificado de la DO correspondiente del vino elaborado amparado en la campaña 2023-2024.
  • Presentación de garantía:

    La garantía del 100% del importe de la ayuda concedida debe formalizarse mediante aval bancario telemático (firmado digitalmente), cuyo modelo se encuentra a continuación:

  • Resolución 757/2024, por la que se aprueba la convocatoria.
  • Reglamento (UE) 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) número 922/72, (CEE) número 234/79, (CE) número 1037/2001 y (CE) número 1234/2007.
  • Comunicación de la Comisión (2014/C 249/01), de directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis.

Emaitzak

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Sección de Regulación de Mercados
C/ González Tablas, 9, 1.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 426 149
Correo electrónico: srima@navarra.es

Ondoko administrazio prozedurari lotuta dago tramitea:

Ayuda a la destilación de subproductos de la vinificación

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