Ayuda para la conservación de recursos genéticos ganaderos mediante el apoyo a las asociaciones de criadores/as de ganado

Se subvencionarán las labores de gestión de los libros genealógicos en el desarrollo de programas de control de rendimiento y en otros aspectos relacionados con la genética, la reproducción y la mejora de la calidad y gestión de la explotación

Oinarrizko informazioa

Asociaciones de criadoras y criadores de ganado selecto de razas, debidamente autorizados, incluidos en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España, y ámbito de actuación en la Comunidad Foral de Navarra y pertenecientes a las categorías vacuno de carne autóctono, ovino de carne autóctono, ovino de leche autóctono y equino autóctono.

Las ayudas se modulan en base a los siguientes indicadores para calcular el importe máximo a conceder:

a) Mantenimiento de libro y valoración genética. Se computarán el total de animales vivos inscritos en las distintas secciones del libro, a 31 de diciembre del año anterior al de la solicitud y pertenecientes a explotaciones de Navarra. Esta información deberá estar grabada en ARCA.

b) Inscripción de reproductores en el libro definitivo. Se computarán los animales pertenecientes al libro de nacimientos que durante el año se han valorado y que se inscriben en el libro definitivo como reproductor apto.

c) Animales en control de rendimientos. Se computarán para cada raza los animales sometidos a un programa de control de rendimientos dentro plan de mejora o conservación de la raza y que estará validado por la Administración.

d) Controles genéticos de filiación. Se computará los controles genéticos realizados durante el año, para verificar las inscripciones en el libro de nacimientos. Incluirá la extracción de material genético, su análisis y la verificación de compatibilidad con los supuestos progenitores.

e) Aportaciones a banco de germoplasma. Se computarán las dosis de semen, óvulos u otro material genético que se aporte, durante el año, al banco de germoplasma creado por el MAGRAMA.

f) Difusión de la raza participando en certámenes ganaderos (exposición, concurso, subasta). Se computará por animales participantes inscritos en el correspondiente libro genealógico considerando como máximo un certamen por raza y año.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción de la documentación.
  • Revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos.
  • Concesión o denegación de la ayuda.
  • Presentación de facturas y justicantes.
  • Resolución de abono.

Impreso solicitud, acompañado de la siguiente documentación:

  • Copia compulsada de los estatutos de la asociación, en caso de que sea la primera vez que se solicita la ayuda. Igualmente se deberán presentar si se ha realizado alguna modificación respecto a la documentación presentada en años anteriores.
  • Memoria de actividades de la asociación en el año anterior a la solicitud especificando, entre otros datos, el número de inscripciones en libro genealógico realizadas, estado final del mismo, número de controles de rendimientos o morfológicos realizados y animales sometidos a los mismos, así como número de inseminaciones o cubriciones, el número de controles de filiación realizados, el número de dosis de semen enviadas al banco de germoplasma, y las actividades realizadas para la difusión de la raza con el número de animales participantes, en su caso.
  • Relación de las explotaciones ganaderas navarras asociadas a 31 de diciembre del año de referencia.
  • Declaración de no encontrarse incursa en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario o beneficiaria, contemplados en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Autorización para comprobar las obligaciones tributarias y de Seguridad Social con el siguiente literal: "Don/Doña xxx, en nombre propio / en representación de xxx, autorizo al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente para que compruebe, dentro del procedimiento de tramitación de la convocatoria de ayudas a las asociaciones de criadores de ganado de Navarra en el ejercicio anterior, que yo mismo / la entidad a la que represento se halla al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social."
  • En caso de no estar de acuerdo con el apartado anterior, será la propia persona o entidad la que presente los datos correspondientes a obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Si existen documentos que obran ya en poder de la Administración de la Comunidad Foral, la o el interesado debe hacerlo constar así en su solicitud indicando el documento de que se trata y en qué archivo está, autorizando al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente a su acceso en caso de ser datos protegidos.
  • Resolución 395/2023, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas de 2023.
  • Orden Foral 150/2020, por la que se modifica la Orden Foral 98/2015.
  • Real Decreto 45/2019, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Real Decreto 558/2001, Real Decreto 1316/1992, Real Decreto 1438/1992 y Real Decreto 1625/2011.
  • Orden Foral 261/2018, por la que se modifica la Orden Foral 98/2015.
  • Orden Foral 158/2016, por la que se modifica la Orden Foral 98/2015.
  • Orden Foral 98/2015, por la que se regulan las normas que regirán la concesión de ayudas para la conservación de recursos genéticos ganaderos mediante el apoyo a las asociaciones de criadores de ganado de Navarra.

Emaitzak

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Servicio de Ganadería
C/ González Tablas, 9
31005 Pamplona
Teléfono: 848 424 814
Correo electrónico: produccion.animal@navarra.es

Oharra: orrialde honen edukia informazio hutsa da; baldintzak dagokion araudian argitaratutakoak dira.

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