Subvención a entidades locales inscritas en el ámbito territorial del Plan del Pirineo, para inversiones que vinculen vivienda y empleo y promuevan la fijación de la población y el desarrollo territorial de la zona

Información básica

Entidades Locales definidas en el artículo 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, y cuya sede esté localizada en el ámbito territorial del Plan del Pirineo.

Apoyar la inversión de las entidades locales radicadas en el ámbito territorial del Pirineo, en espacios, suelo industrial, locales, edificios de viviendas o en viviendas individuales que se vinculen a espacios de trabajo en sus municipios respectivos, y avanzar en los siguientes objetivos: acceso universal a servicios públicos e infraestructuras de alta calidad; revitalización de las comunidades rurales; creación de nuevas oportunidades de empleo; potenciación de las zonas rurales; favorecer la inclusión social y la igualdad de género; aliviar los efectos del cambio climático y buscar el equilibrio entre vida profesional y privada como forma de contribuir a la consecución de los objetivos del Plan del Pirineo.

Se apoyarán las inversiones derivadas de proyectos que vinculen vivienda y empleo y promuevan la fijación de la población y el desarrollo territorial de la zona en las siguientes líneas:

LÍNEA A: VIVIENDA Y TRABAJO EN UN MISMO INMUEBLE

Adquisición y/o rehabilitación de espacios, suelo industrial, locales, edificios de viviendas o viviendas individuales, destinados a alojamientos en régimen de arrendamiento como domicilio habitual y permanente y a zonas comunes de trabajo:

A.1: Tipo coliving, entendido como un conjunto de viviendas complementarias y agrupadas con espacios comunitarios vinculadas a una actividad profesional.

A.2: Tipo vivienda individual ubicada dentro del inmueble en que se desarrolle la actividad profesional.

LÍNEA B: VIVIENDA Y TRABAJO EN INMUEBLES DISTINTOS

Adquisición y/o rehabilitación de edificios de viviendas o viviendas individuales destinados a alojamientos en régimen de arrendamiento como domicilio habitual y permanente para personas que residan y compartan espacio de trabajo tipo coworking, entendiéndose por tal un espacio de trabajo colaborativo, en otro edificio ubicado dentro del ámbito territorial del Plan del Pirineo.

LÍNEA C: VIVIENDA Y TRABAJO EN SERVICIOS PÚBLICOS

Adquisición y/o rehabilitación de edificios de viviendas o viviendas individuales que se destinen al alquiler como domicilio habitual y permanente de empleados del sector público (entendiéndose como tal a las entidades comprendidas en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) que presten servicio en el ámbito territorial del Plan del Pirineo.

LÍNE D: VIVIENDA Y TRABAJO EN EL SECTOR PRIVADO

Adquisición y/o rehabilitación de edificios de viviendas o viviendas individuales que se destinen al alquiler como domicilio habitual y permanente de profesionales del sector privado que desempeñen su trabajo en el ámbito territorial del Plan del Pirineo.

El precio de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda que al efecto suscriban las entidades locales beneficiarias, no podrá superar en ningún caso el precio máximo de renta de las viviendas protegidas establecido para cada anualidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.

Las Entidades Locales que soliciten la subvención deberán presentar la siguiente documentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BON:

  1. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado, conforme al Anexo I.
  2. Proyecto descriptivo de la actuación, con el contenido establecido en la Base 7ª de la convocatoria, que contenga los siguientes apartados:
    • Justificación y descripción del proyecto.
    • Número de viviendas o espacios adquiridos y/o rehabilitados y puestos de trabajo vinculados.
    • Memoria económica o disponibilidad presupuestaria.
    • Grado de desarrollo del proyecto.
    • Personas beneficiarias.
    • Criterios medioambientales, sostenibilidad y transferibilidad del proyecto.
    • Participación de la población o de diferentes colectivos del municipio.
  3. Declaración responsable otorgada por quien ostente la representación de la entidad, según modelo del Anexo II.
  4. Certificado del titular de Secretaría de la entidad local, según modelo del Anexo III acerca de la deducción del IVA soportado
  5. Para adquisición:
    a.    Estimación económica de la adquisición, incluidos gastos de tasación, notariales y registrales.
    b.    Informe de Secretaria Municipal justificando cumplimiento del art. 108 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
    c.    Cédula parcelaria del inmueble e identificación propietario.
  6. Para rehabilitación:
    a.    Documento acreditativo de la propiedad del espacio, local, edificio de viviendas o viviendas individuales donde se proyecta realizar la rehabilitación, o contrato de arrendamiento o cualquier otro título que acredite la disposición por parte de la entidad local beneficiaria de la subvención del uso de los inmuebles a rehabilitar para dedicarlos al destino subvencionado por un plazo mínimo de 7 años.
    b.    Proyecto, anteproyecto o memoria técnica valorada y con documentación gráfica en el que figure la cuantía económica, incluidos, en su caso, los costos de proyecto, estudio de seguridad, dirección de obra y coordinación de seguridad y demás gastos subvencionables.
     
  • Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Resolución 567E/2025, de 30 de diciembre, del Director General de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la convocatoria y se autoriza el gasto (BON 05/02/2026)
  • Resolución 4E/2026, de 19 de enero, del Director General de Administración Local y Despoblación, por la que se deja sin efecto las bases reguladoras de la Resolución 567E/2025 y se aprueban unas nuevas bases reguladoras.

Tramitación

Plazo: 6/02/26 - 5/03/26

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Plazo: 6/02/26 - 31/12/26

Instrucciones:

Durante el trámite se deberá indicar el número de expediente al que hace referencia (0011-4029-2025-0000XX)

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Contacto

Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial

Teléfono: 848 43 34 68 / 848 42 52 42

Correo electrónico: retodemografico@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Subvención a entidades locales para la generación de espacios para vivir y trabajar en el Pirineo

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.