Dotación presupuestaria: 1.000.000 de euros.
Las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite el 15 de octubre de 2025.
Actuaciones subvencionables
Podrá ser objeto de subvención la sustitución de equipos y aparatos electrodomésticos afectos a la actividad turística por equipos nuevos con etiquetado energético de alta eficiencia y bajo consumo energético, siempre que se demuestre la retirada de los equipos sustituidos, para facilitar su posterior reciclado según la normativa aplicable en materia de aparatos eléctricos y electrónicos.
Serán actuaciones subvencionables las de sustitución de aparatos de:
- Refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales (cámaras de conservación de vinos, expositores, minibares) por equipos nuevos con puertas, con etiquetado de alta clase energética, regulados respectivamente en el Reglamento Delegado (UE) 2019/2018 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración con función de venta directa y en Reglamento Delegado (UE) 2015/1094 de la Comisión, de 5 de mayo de 2015, en relación con el etiquetado energético de los armarios de conservación refrigerados profesionales.
- Equipamiento de cocina como hornos industriales, cafeteras industriales, abrillantadores de cubiertos, freidoras industriales, lavavajillas y trenes de lavado, por equipos nuevos con etiquetados de alta clase energética de conformidad con la legislación en vigor.
- Equipamiento de hostelería como lavadoras industriales, secadoras industriales, planchadoras y calandras, aspiradoras industriales, cámaras de conservación de vinos, expositores, minibares, televisores, por equipos nuevos con etiquetados de alta clase energética de conformidad con la legislación en vigor.
Para calcular el ahorro de energía final obtenido por la actuación para la que se solicita ayuda:
- Si el equipo/electrodoméstico adquirido tiene etiqueta energética, la justificación del ahorro se realizará comparando el consumo energético anual que aparece en la etiqueta del equipo/electrodoméstico adquirido y la del equipo/electrodoméstico existente. Si el equipo existente no dispusiera de la citada etiqueta se supondrá que tiene una G. Se requerirá mejorar la letra correspondiente al etiquetado informativo de consumo energético del equipo existente.
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Si el equipo/electrodoméstico adquirido no tiene etiqueta energética, para la justificación del ahorro se realizará una comparativa en base a los datos que figuran en las fichas técnicas o placas de características técnicas del equipo/electrodoméstico adquirido y las del equipo/electrodoméstico existente.
Se considera una única actuación el cambio de varios electrodomésticos.
Se consideran costes elegibles los derivados de la compra, transporte e instalación del electrodoméstico nuevo, así como el coste de la retirada del antiguo.
Importe de la subvención
La subvención prevista en esta convocatoria consiste en una ayuda a fondo perdido del 80 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).
- Inversión mínima requerida: 3.000 euros
- Presupuesto máximo subvencionable: 100.000 euros