Dotación presupuestaria: 420.800 euros.
Periodo subvencionable:
Las actuaciones deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y con fecha límite el 31 de enero de 2026, inclusive.
Actuaciones subvencionables:
- Adquisición de los siguientes vehículos eléctricos: bicicletas, segways, triciclos, buggies, quads y vehículos de transporte no matriculables, destinados todos ellos al préstamo. También serán subvencionables los remolques porta bicis eléctricas.
Serán subvencionables un máximo de 4 bicicletas eléctricas por empresa, salvo en caso de trujales y bodega que serán subvencionables un máximo de 8 unidades.
- Acondicionamiento de instalaciones y de infraestructuras que permitan ofrecer distintos servicios al cicloturista, como espacios guarda bicis, espacios destinados a talleres o zonas de lavado.
- Instalación de puntos de recarga para baterías de vehículos eléctricos.
- Sistemas de reserva online que posibiliten la gestión de los vehículos eléctricos de la empresa y la reserva de los mismos.
Importe de la subvención:
La inversión mínima requerida será de 5.000 euros y el presupuesto máximo subvencionable 60.000 euros.
Con carácter general, la subvención prevista en esta convocatoria consiste en una ayuda a fondo perdido del 70 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).
En particular, por la adquisición de buggies y quads, el porcentaje de subvención será del 50 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).
En la inversión por adquisición de los vehículos eléctricos subvencionables, conforme a la base reguladora 5ª.1.a), se aplicarán los siguientes límites en el importe del coste subvencionable por unidad:
- Bicicletas: 3.000 euros
- Segways: 3.500 euros
- Triciclos: 3.500 euros
- Vehículos de transporte no matriculables: 10.000 euros
- Buggies y quads: 40.000 euros