Subvenciones a las pymes turísticas para fomentar la calidad e innovación en la comunicación y promoción de productos y servicios turísticos 2025

Abierto el plazo para presentar la solicitud para las actuaciones "C) Gastos de viaje de presentaciones de productos y servicios". Plazo de justificación: hasta el 15/11/2025.

Información básica

Pymes que, en la fecha de presentación de la solicitud, figuren como titulares de un establecimiento turístico, una agencia de viajes o una empresa de turismo activo y/o cultural en el Registro de Turismo de Navarra. Asimismo, deberán ser sujetos pasivos de la Hacienda Foral de Navarra por aquellos impuestos correspondientes a la actividad económica objeto de la subvención.

El establecimiento turístico donde se desarrolle la actuación objeto de la ayuda o la agencia de viajes o la empresa de turismo activo y/o cultural que la realice deben figurar inscritos en el Registro de Turismo de Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2025.

Pymes turísticas que pueden ser beneficiarias de la subvención:

  • Establecimientos hoteleros: hoteles, hostales y pensiones
  • Casas rurales y apartamentos turísticos
  • Campamentos de turismo
  • Albergues turísticos
  • Empresas de turismo activo y/o cultural
  • Restaurantes
  • Agencias de viaje

Dotación presupuestaria

75.000 euros.

 

Plazo de ejecución de las actuaciones

Son subvencionables los gastos realizados (facturados y pagados) dentro del periodo comprendido entre el 16 de noviembre de 2024 y el 15 de noviembre de 2025, ambos inclusive.

 

Actuaciones subvencionables

a) Obtención de las siguientes certificaciones y/o reconocimientos:

  • Q de calidad turística
  • EMAS (Reglamento CE 1221/2009)
  • ISO14001 Gestión ambiental
  • ISO 500001 Gestión de la eficiencia energética
  • ISO 21401 Sistema de gestión de sostenibilidad para alojamientos
  • ISO 14064 para la huella de carbono y Residuo Cero
  • UNE170001 Gestión de la accesibilidad universal
  • Etiqueta Ecolabel
  • Sello Bihosphere
  • Sello "calculo-reduzco-consumo"

b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa.

b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y online relativos a productos y ofertas específicas.

b.2 Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existentes:

  • Diseño y estrategia de marketing de contenidos.
  • Gastos de mejora de la imagen a través de nuevos vídeos o fotografías, creación de contenidos digitales.
  • Gastos de adaptación a condiciones de seguridad y de accesibilidad: accesibilidad de la web para diferentes tipos de discapacidad (auditiva, visual, etc.) tratamiento de cookies, propiedad intelectual, consultoría jurídica, etc.
  • Planes de mejora de posicionamiento de su web en buscadores con acciones SEO, SEM.
  • Gastos de traducción de la página web (La página deberá estar completamente traducida, tras la subvención percibida, a castellano y euskera e inglés y/ó francés).

b.3 Gastos de contratación de consultorías, profesionales o entidades especializadas, externas y no vinculadas a la entidad solicitante, para elaborar, redactar y diseñar diagnósticos, planes o análisis empresariales y ejecutar actuaciones con la finalidad de incrementar la competitividad de la empresa, mejorar la gestión comercial o acceder a nuevos mercados.

c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores en eventos y ferias, realizados fuera de Navarra e incluidos en la siguiente relación:

  • Gastos de viaje.
  • Gastos de alojamiento y manuntención.

Las presentaciones deberán ajustarse a los siguientes mercados y segmentos:

  • Mercado nacional, alemán, neerlandes, belga, francés, italiano, británico o americano.
  • Segmentos de:
    • Turismo en bici
    • Enogastronomía
    • Mice-Premium
    • Camino de Santiago

 

Límites de gasto subvencionable

a) Obtención de certificaciones o reconocimientos.

Son subvencionables los siguientes gastos:

  • Cuota de adhesión a la marca, de certificación inicial y/o de reconocimiento inicial.
  • Auditoría externa para la certificación inicial y/o renovación. El gasto máximo subvencionable por este concepto será de 2.500 euros.
  • Asistencia técnica de consultorías externas de apoyo a la implantación. El gasto máximo subvencionable por este concepto será de 2.500 euros.

b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa.

b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y on line relativos a productos y ofertas específicas.

b.2  Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existentes.

b.3 Servicios externos de consultoría.

El gasto mínimo subvencionable es de 1.500 euros por cada uno de los conceptos.

El presupuesto máximo admisible es de 5.000 euros por cada uno de los conceptos.

c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores en eventos y ferias:

  • 50 % de gastos de viaje. Si el viaje se realiza en coche particular, se admitirán los gastos de peaje, de aparcamiento y de kilometraje. Este último se calculará teniendo en cuenta el número de kilómetros desde el lugar en el que se ubica la sede de la entidad solicitante hasta el destino en el que se celebra la presentación, aplicando un importe de 0,35 euros/kilómetro, no siendo admisibles los gastos de repostaje de combustible.
  • 50 % de los gastos de alojamiento y manutención, con un tope de 200 euros de presupuesto máximo por día.
  • Se admiten los gastos de 1 persona por empresa y un máximo de 3 días por viaje.

 

Importe de la subvención

El importe de la subvención es el obtenido tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre los gastos subvencionables (IVA excluido):

a) Obtención y mantenimiento de certificaciones o reconocimientos: 50 %.

b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa.

b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y on line relativos a productos y ofertas específicas: 50 %

b.2  Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existente/s: 60 %

b.3 Servicios externos de consultoría: 60 %

c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores: 70 %.

Subvención máxima

a) Obtención y mantenimiento de certificaciones o reconocimientos: 2.000 euros.

b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa.

b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y on line relativos a productos y ofertas específicas: 2.500 euros.

b.2 Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existentes: 3.000 euros.

b.3 Servicios externos de consultoría: 3.000 euros

c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores: 800 euros por presentación en ferias/eventos nacionales y 3.000 euros por presentación en ferias/eventos fuera de España.

 

Plazos de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes va en función del tipo de actuaciones subvencionables.

a) Obtención y mantenimiento de certificaciones o reconocimientos: 21 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON.

b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa: 21 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON.

c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores: desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON hasta el 30 de septiembre de 2025, inclusive.

Importante: antes de presentar la solicitud de la subvención, se debe comprobar si los datos Registro de Turismo de Navarra están actualizados. En concreto, se debe comprobar si la empresa o persona solicitante es titular del establecimiento turístico, empresa de turismo activo y o cultural o agencia de viajes. Si los datos no son correctos, se deben actualizar antes de presentar la solicitud de subvención.

  • Datos del Registro de Turismo de Navarra: comprobar aquí.
  • Si la titularidad del establecimiento turístico por el que se solicita subvención no está actualizada: actualizar aquí.

 

Documentación para solicitar las ayudas

  • Formulario de solicitud cumplimentado y firmado
  • Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita la subvención conforme al contenido requerido en la Base 6ª.5.2.a).
  • Relación detallada y clasificada de los presupuestos, facturas proforma o facturas presentados.
  • Presupuesto detallado por conceptos o facturas proforma de las actuaciones a realizar o facturas si las actuaciones están realizadas.
  • En el caso de solicitar ayuda para el mantenimiento de certificaciones o de reconocimientos, certificado de adhesión a los mismos.
  • En el caso de solicitar ayuda por gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores, copia del material de dicha presentación, si ésta ya se ha realizado en la fecha de presentación de la solicitud. 

 

Declaración sobre la obligación de transparencia

Las entidades deberán presentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias.

Esta declaración se presentará en todo caso, tanto si se está sujeto a la obligación de transparencia (por cumplir los requisitos del artículo 3.c) de la Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno), como si no se está sujeto (en este caso la declaración afirmará dicho extremo).

Si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia deberá adjuntar, además, la siguiente documentación:

Los documentos adjuntados a la declaración sobre la obligación de transparencia no deberán contener datos de carácter personal ni firmas manuscritas.

 

Documentación para justificar las actuaciones realizadas

La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento a partir de la notificación de la Resolución de concesión de la subvención siendo fecha límite, el 15 de noviembre de 2025, inclusive.

  • Formulario de justificación cumplimentado y firmado
  • Memoria final detallada y descriptiva de las actuaciones realizadas y en su caso, de las desviaciones que se hayan producido respecto a las previsiones iniciales. En el caso de actualizaciones y adaptaciones de páginas webs, la memoria debe contener la información necesaria para poder contrastar las mejoras introducidas en el periodo subvencionable y poder comprobar la web antes y después de dichas actuaciones.
  • Relación detallada y clasificada de las facturas presentadas.
  • Copia de las facturas correspondientes a las actuaciones realizadas, que serán conformes al Reglamento que regula las obligaciones de facturación, y que deben estar emitidas a nombre de la beneficiaria de la subvención. No será necesario volver a presentar las facturas aportadas junto con la solicitud.
  • Justificantes bancarios de pago de las facturas. El pago se efectuará por la beneficiaria mediante transferencia bancaria, cargo de recibos o tarjeta de crédito o débito de la empresa, entendiendo como justificante de pago el efectuado a través de una entidad financiera y cargado en la cuenta de la empresa. No se admitirán pagos en metálico ni recibís.
  • En su caso, certificado de haber obtenido el reconocimiento o acreditación correspondiente a la solicitud presentada, por parte de la entidad acreditadora competente.
  • En su caso, una copia del material de la presentación turística realizada.

 

Cuando la empresa solicitante vaya a percibir por primera vez ayudas o desee cambiar la cuenta de abono de las mismas, deberá cumplimentar y presentar solicitud de abono por transferencia dirigida al Departamento de Economía y Hacienda (Sección de Tesorería): castellano / euskera.

Si lo prefiere, puede realizar el alta directamente en las cuentas bancarias (sin necesidad de enviar la documentación a la Sección de Ayudas y Subvenciones) a través del siguiente trámite.

Anexo informativo: Protección de datos.

Tramitación

Plazo: 29/04/25 - 30/09/25

Plazo para presentar la solicitud para las actuaciones "C) Gastos de viaje de presentaciones de productos y servicios".

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Plazo: 4/04/25 - 15/12/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Plazo: 13/06/25 - 15/11/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Plazo: 13/06/25 - 18/07/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 13/06/25 - 11/07/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Contacto

Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo
Sección de Ayudas y Subvenciones
C/ Navarrería, 39
31001 Pamplona / Iruña
Télefonos: 848 423 573 / 848 424 655
Correo electrónico: turismo.ayudas@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Subvención a pymes turísticas para la obtención y mantenimiento de la Q de calidad

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