Subvenciones a las organizaciones sindicales para el ejercicio de sus actividades ordinarias en proporción al número de representantes obtenido en Navarra

Información básica

Organizaciones sindicales que han obtenido alguna delegada o delegado de personal o miembro de comité de empresa o de juntas de personal.

Con anterioridad a la solicitud de la subvención se deberá haber obtenido la Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de forma telemática, y las comunicaciones y notificaciones de la Administración a las entidades beneficiarias se realizarán también de forma telemática a través de la DEH. Si las entidades beneficiarias no dispusieran de esta herramienta, la Administración les creará una de oficio en la cual recibirán todas sus notificaciones.

Guía para tramitar la convocatoria de subvenciones.
Información sobre protección de datos de carácter personal.

Para solicitar la subvención

En el caso de que sea una federación o confederación la que presente la solicitud, en representación de alguna organización sindical, deberá acreditar la condición de representante mediante cualquier medio válido en Derecho (artículo 5.3 y 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Tras la concesión:

  • Declaración de transparencia: presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión (botón "Presentar").

 

Para justificar la actuación subvencionada (justificación de gastos)

1. Para todas las organizaciones sindicales beneficiarias de la subvención:

a) Los gastos de personal se acreditarán mediante la presentación de los siguientes documentos numerados y con sus respectivos índices:

1. Formulario I Gastos de personal que incluye la relación nominal de las personas trabajadoras imputadas a la presente subvención, especificando: su jornada de contrato (completa o parcial), jornada dedicada a esta subvención, importe y periodo de trabajo.

2. Los justificantes correspondientes a las cotizaciones de la Seguridad Social de las personas relacionadas en el formulario I.

3. Justificantes de pago.

b) Los gastos generales y de funcionamiento se acreditarán presentando los siguientes documentos numerados y con sus respectivos índices:

1. Formulario II Gastos generales y de funcionamiento, que incluye la relación de los gastos generales y de funcionamiento.

2. Facturas y recibos correspondientes a los gastos relacionados en el formulario II, expedidos a nombre de la beneficiaria. En el caso de pago en metálico: tique acompañado de factura.

3. Justificantes de pago. Los pagos relativos a seguros o alquileres suscritos deberán justificarse con el ejemplar del contrato.

c) Formulario III. Justificacion de la elección del proveedor, en los supuestos contemplados en el artículo 4.4 de la Orden Foral de la subvención.

d) Formulario IV. Medidas de igualdad, relativo a las medidas de igualdad adoptadas por la beneficiaria para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres.

2. Únicamente para las organizaciones sindicales que reciban una subvención igual o superior a 20.000 euros, además de la documentación señalada en el apartado anterior, deberán presentar una memoria valorada de las actuaciones desarrolladas por la organización sindical, debiendo incorporar una evaluación sobre el impacto de género, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias, comprensivo de la eficacia de las medidas de igualdad aplicadas.

  • Resolución 27E/2024, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención para 2024.
  • Orden Foral 26E/2017, por la que se establece el régimen de la subvención a las organizaciones sindicales para el ejercicio de sus actividades ordinarias, en proporción al número de representantes obtenido en Navarra.
  • Decreto Foral 59/2013, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los presupuestos generales de Navarra.
  • Orden Foral 36/2011, que obliga a la tramitación telemática.

Tramitación

Plazo: 8/05/24 - 31/12/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 8/06/24 - 30/11/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Trabajo
Sección de Economía Social
Parque Tomás Caballero, 1, 1.ª planta
31006 Pamplona
Teléfonos: 848 420 451 / 848 427 910
Correo electrónico: registroslaborales@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.