Empresas con domicilio social en Navarra que cumplan, al menos, uno de estos requisitos:
Haber comprado uva en la campaña vitivinícola 2023-2024 proveniente de viñedos ubicados en Navarra.
Haber utilizado uvas de sus propios viñedos en la campaña vitivinícola 2023-2024 ubicados en Navarra.
Cooperativas cuyos estatutos incluyan la obligación de recoger la producción de sus socias y socios viticultores.
Además, podrán ser beneficiarias de la ayuda las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud sean elaboradoras de vino tinto y/o rosado amparado en la D.O. Navarra o D.O.Ca Rioja.
Descripción keyboard_arrow_down
Podrán ser objeto de ayuda de destilación de crisis voluntaria los vinos tintos y rosados a granel que estén amparados por la D.O. Navarra y por la D.O.Ca Rioja bajo la titularidad de una empresa vitivinícola que cumpla los criterios de admisibilidad.
El vino entregado por la solicitante a la destilería debe responder a las definiciones recogidas en los apartados 1, 4, 5 y 6 de la parte II del anexo VII del Reglamento 1308/2013.
La cantidad máxima de solicitud será un máximo del 50 % del vino elaborado en la campaña 2023-2024, de los datos aportados por las D.O. Navarra y D.O.Ca Rioja.
Los importes unitarios de la ayuda financiera para la destilación voluntaria de crisis serán de:
0,45 euros/l para los vinos tintos o rosados de D.O. Navarra.
0,85 euros/l para los vinos tintos o rosados de D.O.Ca Rioja.
El volumen total máximo a destilar será de 76.285,68 Hl distribuidos por tipo de vino y DO en las siguientes cantidades:
48.245,68 hl para los vinos tintos o rosados de D.O. Navarra.
28.040,00 hl para los vinos tintos o rosados de D.O.Ca Rioja.
Pasos del procedimiento:
Recepción y comprobación de las solicitudes presentadas.
Certificado de la DO correspondiente del vino elaborado amparado en la campaña 2023-2024.
Presentación de garantía:
La garantía del 100% del importe de la ayuda concedida debe formalizarse mediante aval bancario telemático (firmado digitalmente), cuyo modelo se encuentra a continuación:
Aval 2024_2025 Destilación crisis telemático (firmado digitalmente), deberá presentarse a través del Registro General Electrónico (Unidad de destino: Sección de Regulación de Mercados). Plazo límite: 22/11/2024.
Reglamento (UE) 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) número 922/72, (CEE) número 234/79, (CE) número 1037/2001 y (CE) número 1234/2007.
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