Ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores 2024-2025

Para el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre del 2025

Información básica

Las personas mayores y sus cónyuges, parejas estables o personas con relación análoga de afectividad, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser pensionista de jubilación o invalidez y tener 60 años cumplidos.
  • Ser pensionista de viudedad y tener 55 años cumplidos.
  • Tener autonomía funcional para desenvolverse en el comedor.
  • No presentar problemas graves de comportamiento que alteren la normal convivencia en los establecimientos.

Excepcionalmente, podrán concederse estas ayudas a aquellas personas solicitantes que, a pesar de no reunir los requisitos señalados, acrediten mediante un informe social la necesidad de percepción de la misma.

Se trata de una ayuda periódica, no garantizada.

Se considera objeto de estas ayudas la comida principal de los días laborables, disfrutada en los locales de la entidad colaboradora, en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025. Podrá ser objeto de ayuda el servicio prestado en fines de semana y festivos si la entidad colaboradora dispone de este servicio y las condiciones económicas de las personas beneficiarias son escasas.

Más información.

  • Solicitud
  • Declaración responsable de la entidad colaboradora, en la que se indiquen:
    • Los días de la semana que el comedor le va a prestar el servicio.
    • La fecha de inicio de asistencia al comedor.

Para solicitudes de carácter excepcional, que no reúnan los requisitos referidos en la base 3ª de la presente convocatoria, deberán adjuntar además:

  • Informe social que justifique dicha excepcionalidad.

Orden Foral 268/2024, por la que se aprueba la convocatoria.

Tramitación

Plazo: 21/12/24 - 31/10/25

Instrucciones:

El plazo de presentación de solicitudes es el siguiente:

  • Para las personas que en el año 2024 sean usuarias del comedor con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria, el plazo de solicitud será de un mes a partir del día siguiente a su publicación. En caso de concesión de la ayuda, ésta se devengará desde la fecha de inicio de la prestación del servicio, certificada por la entidad colaboradora titular o gestora del comedor.
  • Para las personas que comiencen a acudir al servicio con posterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria, el plazo de solicitud será de un mes desde el inicio de la asistencia al comedor. En caso de concesión de la ayuda, ésta se devengará desde la fecha de inicio de la prestación del servicio, certificada por la entidad colaboradora titular o gestora del comedor.

El plazo máximo de presentación de solicitudes es hasta el 31 de octubre de 2025.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Las solicitudes se deben formular en los impresos facilitados en los Servicios Sociales de Base o en las oficinas de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas. También se pueden obtener en la página web de este organismo.

Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente, se pueden presentar de forma presencial en:

  • Registro de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
    C/ González Tablas, 7
    31005 Pamplona / Iruña

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
Sección de Programas y Gestión de Subvenciones
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 902 165 170 / 848 426 900
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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