Ayudas a las entidades de gestión de las figuras de calidad agroalimentarias 2023

Para actividades de control y certificación acogidas al régimen de minimis

Información básica

  • Entidades de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas y las Indicaciones Geográficas Protegidas de Navarra que lleven a cabo por sí mismas actividades de control y certificación para el cumplimiento de los pliegos de condiciones, como organismos de control autorizados, o que contraten dichas actividades a organismos de control autorizados externos.
  • Asociaciones radicadas en Navarra legalmente constituidas, cuyo objeto sea el fomento, promoción, defensa y divulgación de la elaboración y comercialización de figuras de calidad, que hayan iniciado el proceso de reconocimiento de una DOP o IGP, para la contratación de servicios dirigidos a la adaptación de la asociación a las obligaciones derivadas del modelo de funcionamiento de una DOP o IGP.

Requisitos de la entidad beneficiaria:

  • Solo podrán optar a la ayuda las entidades de gestión cuyo presupuesto anual sea inferior a 2,5 millones de euros.
  • Los órganos de control y certificación delegados deberán estar acreditados de acuerdo con la norma europea UNE-EN ISO/IEC 17065:2012.
  • Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.

Gastos subvencionables:

  • Serán subvencionables los gastos que realicen las entidades de gestión y asociaciones previstas, entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, correspondientes a la contratación de servicios profesionales externos para la verificación del cumplimiento de los pliegos de condiciones, conforme a las normas comunitarias a las que se refiere el punto 1 de la base primera, así como los correspondientes a Secretaría Técnica del Consejo Regulador y mantenimiento de los registros.
  • Igualmente serán subvencionables los gastos que realicen, entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, las asociaciones previstas en el número 2 de la base segunda, correspondientes a la contratación de servicios profesionales externos orientados a la adaptación de la asociación y de los operadores, al funcionamiento de una DOP o una IGP, y en particular, asesoramiento sobre el cumplimiento del pliego de condiciones de la figura de calidad en proceso de reconocimiento, la gestión de registros, y el funcionamiento de la asociación como órgano de gestión de una figura de calidad diferenciada. Las entidades que presten servicios de asesoramiento a las asociaciones en proceso de reconocimiento de una DOP o una IGP, deberán estar acreditadas de acuerdo con la norma europea. UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 en alguna figura de calidad de Navarra.
  • No se consideran subvencionables, y por tanto no serán elegibles, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ni otros impuestos, excepto para las beneficiarias que no puedan recuperar el impuesto sobre el valor añadido conforme a la legislación foral. A este respecto, las entidades solicitantes deberán incluir en su solicitud de ayuda, que se acogen a esta excepción, así como la justificación de que se encuentran exentas de esta obligación.
  • De acuerdo con la Ley Foral 11/2005 de subvenciones, en el supuesto de que el gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros, la entidad beneficiaria deberá acreditar, sobre la base de tres ofertas, que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, o en su caso, de las razones que impiden la aplicación de estos criterios.

Importe de la ayuda

  • El importe de ayuda aplicable a cada entidad de gestión se calculará aplicando un porcentaje sobre el importe del gasto elegible:
    • Para las entidades de gestión de las IGP Ternera de Navarra y Cordero de Navarra: 45%.
    • Para el resto de entidades de gestión: 35%.
  • Se establece un límite máximo de ayuda de 66.000 euros por beneficiaria.
  • El importe total de la ayuda de mínimis concedida a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. En su caso, la ayuda a abonar conforme a la convocatoria en curso se ajustará a dicho límite.

La ayuda será concedida mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. Los criterios de priorización serán los siguientes:

  • En primer lugar, se atenderá a las entidades de gestión de figuras de calidad cuyo ámbito geográfico esté íntegramente en Navarra.
  • En segundo lugar, las asociaciones previstas en el número 2 de la base segunda.
  • En tercer lugar, entidades de gestión de figuras de calidad en las que más del 50% de la producción certificada se haya generado en Navarra.
  • En cuarto lugar, entidades de gestión de figuras de calidad en las que entre el 25% y el 50% de la producción certificada se haya generado en Navarra.
  • En último lugar el resto de entidades.

Declaración de transparencia

En el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, deberán presentar telemáticamente la declaración de transparencia.​​​​​​

 

Solicitud de pago

Para justificar la realización del gasto, deberá presentarse antes del 10 de noviembre de 2023, la siguiente documentación:

  • Solicitud de abono.
  • Memoria explicativa de las actuaciones de control y certificación llevadas a cabo por el prestador del servicio durante el periodo subvencionable.
  • Facturas de las actividades de control y certificación del periodo subvencionable.
  • Justificantes de haber abonado al prestador del servicio contratado las actuaciones ejecutadas entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023 y en caso de que se solicite el abono de la ayuda al prestador del servicio, contrato firmado donde se recoja dicho extremo y solicitud expresa proporcionando sus datos para proceder al abono.
  • Cuentas anuales del último ejercicio cerrado firmadas y selladas.
  • En caso de que se hayan solicitado nuevas ayudas no incluidas en las ya declaradas junto con la solicitud de ayuda, se deberá aportar nueva declaración de ayudas.

Resultados

Resolución 166E/2023, por la que se conceden las ayudas.

Contacto

Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario
Sección Calidad y Promoción Agroalimentaria
Negociado de Promoción de Productos Agroalimentarios de Calidad
Calle González Tablas nº 9, 3ª planta
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 426 111
Correo electrónico: acaballa@navarra.es 

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Ayuda para entidades de gestión de las figuras de calidad agroalimentarias de Navarra

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