Para poder ser subvencionables, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
- Tener más de 50 trabajadores y trabajadoras en plantilla.
- Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
- No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Personas contratadas:
- Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare a la fecha de contrato.
- Tener una edad inferior a 30 años.
- No haber tenido en los últimos 6 meses un contrato indefinido.
Contratos a subvencionar:
No serán subvencionables los contratos fijos discontinuos ni los los contratos indefinidos adscritos a obra.
Podrán subvencionarse las transformaciones en indefinido de aquellos contratos inicialmente subvencionados cuya duración era inferior a 12 meses.
Cuantías a subvencionar:
- Contrato indefinido suscrito con mujeres: 13.200 euros
- Contrato indefinido suscrito con hombres: 11.880 euros
El período máximo subvencionable será de 12 meses.
En caso de cese de alguna de las personas contratadas se considerará el periodo subvencionado a estos efectos de 12 meses.
La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior a 1,75 veces el SMI legamente establecido.