Actuaciones subvencionables:
- Acciones de información, orientación, acompañamiento y prospección que faciliten la mejora de la posición en el mercado de trabajo de las personas demandantes de empleo en el sector agrario y la búsqueda de empleo por cuenta ajena.
- Acciones de información, motivación, asesoramiento u otros procedimientos que faciliten la detección y dinamización de iniciativas de autoempleo en demandantes de empleo.
- Coordinación con el SNE-NL en labores de comunicación con las y los empleadores del sector agrario y reporte de las dificultades en materia de contratación.
- Prospección e identificación de necesidades sobre cobertura de puestos de trabajo, y de capacitación e intermediación laboral.
- Información y asesoramiento sobre contratos y medidas de apoyo a la activación, y la contratación.
- Captación de ofertas de empleo.
Todas estas actuaciones deberán estar dirigidas al fomento del empleo en el sector agrario.
Se subvencionarán las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2022.
Importe de la subvención y gastos subvencionables:
La subvención irá destinada a cubrir los gastos de la entidad relativos a:
Personal:
- Dirección del proyecto, hasta un máximo de 39.000 euros anuales, a jornada completa, incluidas las cotizaciones sociales.
- Personal técnico en orientación profesional, hasta un máximo de 33.250 euros por técnico a jornada completa, incluidas las cotizaciones sociales.
- Personal de apoyo administrativo, hasta un máximo de 26.600 euros por persona a jornada completa, incluidas las cotizaciones sociales.
En los tres supuestos anteriores, si la dedicación no fuera a jornada completa se subvencionará la parte proporcional que corresponda.
Gastos generales:
- Gastos generales, materiales y técnicos, que se generen en la ejecución de las acciones.
- Gastos que se originen por dietas y desplazamientos necesarios para el desarrollo de las acciones.
- Formación de las personas técnicas orientadoras.
- Diseño, desarrollo, y elaboración de medios e instrumentos necesarios para la realización de las acciones.
En concepto de gastos generales de funcionamiento, materiales técnicos y dietas derivadas de gastos de desplazamientos que se produzcan para el adecuado desarrollo de las acciones a realizar se podrá abonar hasta un 25% del total de los costes de personal.
Todos los gastos deberán producirse en el período de tiempo para el que se concede la subvención.
Criterios para el cálculo del coste a subvencionar:
Por cada 900 atenciones prestadas en acciones contempladas en el proyecto se subvencionará:
- Un personal técnico a jornada completa
- Un director a 25% de jornada
- Una persona de apoyo administrativo a 25% de jornada
Las ayudas mencionadas se incrementarán o reducirán proporcionalmente, para el personal técnico y administrativo, cuando las atenciones sean superiores o inferiores a novecientas.
El importe máximo de subvención por proyecto no superará los 70.000 euros.