Revisión quinquenal del plan de restauración de actividades mineras

Información básica

Entidades dedicadas a la investigación y explotación de recursos minerales.

Este trámite tiene por objeto cumplir con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, que establece que "el plan de restauración deberá revisarse cada cinco años por parte de la entidad explotadora y, en su caso, modificarse si se han producido cambios sustanciales que afecten a lo previsto en él, incluidos cambios en el uso final del suelo una vez se concluya el aprovechamiento".

Esta revisión tiene por objeto contrastar el plan de restauración aprobado con la realidad, con la finalidad de poner de manifiesto la existencia o no de desviaciones entre lo proyectado y lo ejecutado.

Aquellos documentos que deban ir firmados deben adjuntarse firmados digitalmente o escaneados tras haberse firmado en papel.

Nota: el Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra tiene una limitación de 20 MB por documento, de forma que pueden presentarse varios documentos (en principio no hay límite) siempre y cuando cada uno de ellos no supere el citado tamaño de 20 MB. Si es preciso presentar algún documento de mayor tamaño, existen dos alternativas:

  • Partir o trocear dicho documento en varios, de forma que cada parte ocupe menos de 20 MB.
  • Utilizar la herramienta CONSIGNA, desarrollada específicamente para estos casos, y comunicar en la instancia el número de localizador y la clave que ofrece dicho programa tras almacenar los documentos.

Si algún plano supera los 20 MB, no puede usarse CONSIGNA, ya que sólo permite adjuntar pdf. En tal caso, contactar con el órgano competente en minería para buscar la solución más adecuada.

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Real Decreto 975/2009, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

Tramitación

Plazo:

La revisión quinquenal del plan de restauración se debe presentar antes del vencimiento del siguiente plazo de 5 años.

Por ejemplo, si un plan de restauración se aprobó en junio de 2009, la revisión del plan de restauración se debe presentar antes de terminar junio de 2019; o si se aprobó en septiembre de 2016, antes de terminar septiembre de 2021.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Instrucciones:

Una vez presentada la solicitud inicial, se puede añadir documentación, bien a iniciativa del o de la solicitante, o bien a requerimiento de la Administración. Es preciso indicar el código de expediente.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona
Teléfono: 848 426 467
Correo electrónico: minas@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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