Obtención de cédulas parcelarias sin datos protegidos

Obtención de cédulas parcelarias de los inmuebles ubicados en territorio de la Comunidad Foral de Navarra, a través de la consulta a la información gráfica y alfanumérica del Registro de la Riqueza Territorial (coincidente con los de los catastros municipales), bien de forma presencial o a través de internet

Información básica

  • La consulta presencial requiere la presentación de DNI u otro documento oficial con fotografía.
  • La obtención de la cédula que no contenga datos protegidos no precisa de ninguna otra documentación especial. Se solicitará la identificación mediante la referencia catastral, dirección postal o gráficamente sobre la cartografía catastral.
  • Para facilitar información protegida como titularidad o valores catastrales se requiere:
    • Ser titular de los bienes objeto de la consulta.
    • Ser titular de un bien colindante al que es objeto de la consulta.
    • Tener autorización expresa y por escrito por parte de la o el titular de los bienes objeto de consulta.
    • Ser titular de derecho de arrendamiento o aparcería de los bienes objeto de consulta.
    • Ser notario/a, registrador/a de la propiedad o actuar como representante de estos, en cuyo caso deberá acreditarse dicha representación.
    • Ser heredero/a o sucesor/a del que figura como titular de los bienes objeto de la consulta. Para ello será preciso presentar el documento de aceptación de herencia o bien:

a) Si la o el titular fallecido OTORGÓ TESTAMENTO, primera copia del mismo y además certificado de defunción y certificado de últimas voluntades que indique que el documento exhibido como testamento es realmente el último otorgado y no ha sido revocado o modificado.

b) Si la o el titular fallecido NO OTORGÓ TESTAMENTO declaración "ab-intestato" de herederos/as ú otra documentación que justifique los derechos que le asisten para la consulta.

Artículo 47 de la Ley Foral 12/2006, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra.

Tramitación

Instrucciones:

  • Para poder obtener cédulas parcelarias a través de internet, es preciso contar con la previa autorización mediante un nombre de usuario y contraseña. La obtención de la autorización se solicita en la propia página web del Registro de la Riqueza Territorial, pulsando el enlace de Solicitud de acceso a cédulas parcelarias.
  • Una vez obtenida la autorización, se podrá acceder, como usuaria o usuario registrado, a la consulta del Registro de la Riqueza Territorial, identificando el inmueble mediante su referencia identificadora, dirección postal, paraje y nombre de la casa (en su caso) en el que se ubica.

Otras formas de tramitar:

Servicio de Riqueza Territorial
Avda. de Carlos III nº 4 Nivel 0 
31002 Pamplona
De lunes a viernes, de 8.30 a 14.30

Contacto

Servicio de Riqueza Territorial
Sección del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial
Tfno.: 848 427333
Correo electrónico: riqterri@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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