Notificar la aportación de una vivienda protegida a la sociedad conyugal o al patrimonio común de la pareja estable

Comunicar a Gobierno de Navarra la modificación de la titularidad de una vivienda protegida tras ser aportada a una sociedad conyugal o al patrimonio común de la pareja estable

Información básica

Personas propietarias de vivienda protegida que vayan a alterar la titularidad de la vivienda aportándola a la sociedad matrimonial o al patrimonio común de la pareja estable.

La sociedad conyugal no se puede constituir en los casos de pareja de hecho (sólo matrimonio). Por tanto, en el caso de las parejas de hecho, se deberá constituir previamente su patrimonio común. 

En el caso de viviendas con una antigüedad inferior a cinco años desde la fecha de calificación definitiva, deberá reintegrase la parte proporcional de las ayudas directas para la adquisición que se hubieran percibido.

  • Formulario de notificación cumplimentado.
  • Copia de la escritura de propiedad de la vivienda.
  • Documentación acreditativa de la constitución de la sociedad conyugal.
  • En su caso, documentación acreditativa de la constitución del patrimonio común de la pareja estable.
  • Fotocopia de la carta de pago que acredite la devolución de las ayudas directas (si procede).

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Registro del Departamento Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos
C/ Alhóndiga 1 - 1º
31002 Pamplona (Navarra)

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Sección de Ayudas y Planificación
C/ Alhóndiga 1 - 1º
31002 Pamplona
Teléfono: 848 42 75 70 (Horario de atención al público: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30h.)
Correo electrónico: vivienda@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Notificación de aportación de una vivienda protegida a la sociedad conyugal

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.