Comunicación del desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

Información básica

Empresas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que desplacen temporalmente a sus trabajadores/as a España, en el marco de una prestación de servicios transnacional, con exclusión de las empresas de la marina mercante respecto de su personal navegante.

El empresario o empresaria que desplace trabajadores/as a España en el marco de una prestación de servicios transnacional deberá comunicar el desplazamiento, antes de su inicio y con independencia de su duración, a la autoridad laboral española competente por razón del territorio donde se vayan a prestar los servicios.

Pasos del procedimiento:

Una vez presentada la comunicación del desplazamiento, la autoridad laboral la remite a Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

Formulario de comunicación de desplazamiento, que deberá incorporar la siguiente información:

  • Identificación de la empresa que desplaza al trabajador/a
  • Domicilio fiscal de dicha empresa y su número de identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Datos personales y profesionales de los trabajadores/as desplazados/as
  • Identificación de la empresa o empresas y, en su caso, del centro o centros de trabajo donde los trabajadores y trabajadoras desplazadas prestarán sus servicios
  • Fecha de inicio y la duración previstas del desplazamiento
  • Determinación de la prestación de servicios que los trabajadores y trabajadoras desplazadas van a desarrollar en España

Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

Artículo 5 de la Ley 45/1999, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.

Tramitación

Plazo:

La comunicación debe realizarse antes del inicio de la prestación de servicios trasnacional.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Ayuda para tramitar por internet

Otras formas de tramitar:

La tramitación se realizará principalmente a través del botón Tramitar (RGE).
No obstante, si no se dispone de firma electrónica, se puede presentar la documentación a través de correo ordinario a la siguiente dirección:

Servicio de Trabajo
Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos
Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta
Edificio "Fuerte del Príncipe II"
31006 Pamplona (Navarra)

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Ayuda para tramitar por internet

Otras formas de tramitar:

La tramitación se realizará principalmente a través del botón Subsanar (RGE).
No obstante, si no se dispone de firma electrónica, se puede presentar la documentación a través de correo ordinario a la siguiente dirección:

Servicio de Trabajo
Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos
Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta
Edificio "Fuerte del Príncipe II"
31006 Pamplona (Navarra)

Contacto

Servicio de Trabajo
Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos
Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta
Edificio "Fuerte del Príncipe II"
31006 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 427 906
Correo electrónico: rlaboral@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Comunicación del desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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