Agricultoras, agricultores, ganaderas y ganaderos registrados en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN) y que comercialicen mediante venta directa los productos agrarios de su propia explotación, bien sean productos de producción primaria o los derivados de procesos de elaboración o transformación a partir de materias primas principales obtenidas únicamente en sus explotaciones.
Empresas artesanas agroalimentarias ligadas a la explotación agraria que comercialicen productos agrarios y alimentos mediante venta directa cuya materia prima provenga de su propia explotación inscrita en el REAN.
Descripción keyboard_arrow_down
Pasos del procedimiento:
Recepción de las solicitudes.
Si procede, inclusión en el censo y comunicación al operador del identificador de inscripción asignado y de las actividades alimentarias contempladas bajo esta modalidad de comercialización.
Publicación del censo actualizado en esta web para facilitar a las personas consumidoras y productoras la comercialización directa de los productos.
Reglamento (CE) nº 853/2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
Reglamento (CE) nº 178/2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
Reglamento (UE) nº 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión.
Ley Foral 10/1990, de Salud de Navarra (modificada por la Ley Foral 6/2010, de 6 de abril, para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior).
Real Decreto 191/2011, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
Decreto Foral 23/2013, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Tramitación
Declaración de ventas anuales de personas inscritas en el censo keyboard_arrow_down
Plazo:
Anualmente, las y los profesionales de la agricultura y de la ganadería inscritos en el censo deben presentar una declaración de ventas anuales, conforme al siguiente modelo: Impreso de declaración de ventas anuales.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales: