Censo de agricultores y ganaderos con venta directa de los productos de sus explotaciones

Información básica

  • Agricultoras, agricultores, ganaderas y ganaderos registrados en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN) y que comercialicen mediante venta directa los productos agrarios de su propia explotación, bien sean productos de producción primaria o los derivados de procesos de elaboración o  transformación a partir de materias primas principales obtenidas únicamente en sus explotaciones.
  • Empresas artesanas agroalimentarias ligadas a la explotación agraria que comercialicen productos agrarios y alimentos mediante venta directa cuya materia prima provenga de su propia explotación inscrita en el REAN.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción de las solicitudes.
  • Si procede, inclusión en el censo y comunicación al operador del identificador de inscripción asignado y de las actividades alimentarias contempladas bajo esta modalidad de comercialización.
  • Publicación del censo actualizado en esta web para facilitar a las personas consumidoras y productoras la comercialización directa de los productos.
  • Decreto Foral 107/2014, por el que se desarrolla la Ley Foral 8/2010.
  • Ley Foral 8/2010, por la que se regula en Navarra la venta directa de productos ligados a la explotación agraria y ganadera.
  • Reglamento (CE) nº 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
  •  Reglamento (CE) nº 853/2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
  • Reglamento (CE) nº 178/2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
  • Reglamento (UE) nº 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión.
  • Ley Foral 10/1990, de Salud de Navarra (modificada por la Ley Foral 6/2010, de 6 de abril, para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior).
  •  Real Decreto 191/2011, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
  •  Decreto Foral 23/2013, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Tramitación

Plazo:

Anualmente, las y los profesionales de la agricultura y de la ganadería inscritos en el censo deben presentar una declaración de ventas anuales, conforme al siguiente modelo: Impreso de declaración de ventas anuales.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Resultados

Contacto

Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario
Sección Calidad y Promoción Agroalimentaria
Negociado de Promoción de Productos Agroalimentarios de Calidad
C/ González Tablas nº 9, 3ª planta
31005 Pamplona
Telefóno: 848 427 987
Fax: 848 426 102
Correo electrónico: sj.martinez.iriarte@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Censo de operadores agroalimentarios de venta directa de Navarra

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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