Ayudas al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable

Los incentivos también están ligados a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial

Información básica

Personas físicas y jurídicas.

Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento

  • Categoría autoconsumo renovables
  • Categoría almacenamiento

Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento

  • Categoría autoconsumo renovables
  • Categoría almacenamiento

Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos

  • Categoría almacenamiento

Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento

  • Categoría autoconsumo renovables
  • Categoría almacenamiento

Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector

  • Categoría almacenamiento

Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial

  • Categoría autoconsumo renovables

Proceso de la ayuda e infografía sobre los incentivos al autoconsumo.

Respuestas a preguntas frecuentes.

Listado de municipios de reto demográfico.

Información de la convocatoria en la web del IDAE.

Para la ejecución de las actuaciones se recomienda acudir a profesionales autorizados: listado de instaladores de EE.RR.

Existen deducciones fiscales por inversiones en instalaciones de energías renovables, vehículos eléctricos y sistemas de recarga > Más información.

Guías con la información y documentación a presentar específica para cada programa (contenido meramente informativo; la informacion oficial viene descrita en la Resolución 121E/2021):

Guía de cumplimentación de formularios.

Informes justificativos:

 

1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD INICIAL:

Formularios:

Declaraciones responsables:

 

​​2. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR TRAS LA CONCESIÓN (1 mes):

​​​​​​(Se deberá presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión. La falta de presentación de estos documentos en el plazo indicado conllevará la pérdida de la subvención.)

En todos los casos:

Para personas jurídicas privadas:

 

3. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA JUSTIFICAR LAS ACTUACIONES:

(Se deberá presentar en el plazo máximo de 18 meses desde la notificación de la resolución de concesión. A continuación se adjuntan modelos de algunos de los documentos requeridos. Se recomienda consultar las guías del programa correspondiente para conocer toda la documentación necesaria.)

Modelos

 

4. OTROS DOCUMENTOS:

EN CASO DE SOLICITAR ANTICIPO:

Los documentos anteriores son rellenables digitalmente. Se recomienda utilizar un lector PDF para su cumplimentación y firma electrónica.

Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

En los registros abiertos al público, solicitando cita previa. En cualquier caso, las entidades deben presentar la solicitud obligatoriamente de manera telemática.

Plazo:

El plazo para presentar la Declaración responsable previa a la justificación (para todos los programas) es de un mes a partir de la notificación de la concesión de la ayuda.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Instrucciones:

  • Importante: realizar únicamente un registro a través de este botón para justificar un expediente.
  • Si una vez registrada la justificación se desea añadir documentación, se debe hacer a través del botón "Subsanar / Añadir documentación".

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Ayudas a la Transición Energética
Parque Tomás Caballero, 1
Edificio Fuerte del Príncipe II, 4.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 429 700
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es (indicar en el asunto el nombre de la convocatoria y realizar un resumen de la consulta).

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.