En tramo urbano: exclusivamente en caso de afectar de alguna forma a la realidad física de la calzada. En caso de que no afecte, la autorización debe solicitarse al ayuntamiento de la localidad.
Infracciones y sanciones: inicio de obras sin autorización en calzada, zonas de protección de la carretera, etc. Consultar el Título VII de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo
Pasos del procedimiento:
Aprobación de la autorización por Resolución
Notificación al solicitante, junto al condicionado para su ejecución
Pago de las tasas y depósito de la fianza (en su caso)
La persona solicitante deber avisar al centro de conservación de carreteras de la zona para el replanteo de la obra de acceso.