Los procedimientos administrativos que pueden tramitarse son los siguientes:
- Concesión de autorización ambiental integrada de nueva instalación
- Modificación de autorización ambiental integrada por modificación sustancial de la instalación
- Modificación de autorización ambiental integrada por modificación significativa de la instalación
- Modificación de autorización ambiental integrada por cierre total o parcial
- Modificación de autorización ambiental integrada por cambios de funcionamiento
- Renovación de la autorización ambiental integrada
- Revisión de autorización ambiental integrada por adaptación a MTD
- Actualización o revisión de la autorización ambiental integrada
- Dictamen sobre modificación de instalación
- Ampliación de plazo para inicio de la ejecución de un proyecto
- Caducidad de autorización ambiental integrada
- Extinción de autorización ambiental integrada
- Declaración responsable de puesta en marcha de un proyecto
- Comunicación del cambio de titularidad de la instalación
La tasa correspondiente se devengará en el momento en que la persona titular o promotora de una instalación presente la solicitud de inicio del procedimiento administrativo, que no se tramitará sin que se haya efectuado el abono de la tasa.
La tasa se calculará a partir de la tarifa básica del procedimiento administrativo que corresponda, y a los suplementos y bonificaciones que le fueran de aplicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la de la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.